Actualidad Urbanismo. Marzo 2026
Andalucía. Calidad del aire y contaminación atmosférica
Régimen jurídico relativo a la calidad del aire y contaminación atmosférica, de acuerdo con la normativa prevista en L 34/2007.
MU nº
377742
Las administraciones públicas deben adoptar y fomentar cuantas medidas sean necesarias para la mejora de la calidad ambiental atmosférica, la gestión de los residuos y el suelo, estableciendo valores límite de emisión y pudiendo elaborarse planes de mejora de la calidad ambiental. • Atribución de competencias de la Consejería de medio ambiente y de los ayuntamientos. • Previsión de aprobación de planes de calidad del aire, que pueden ser de mejora de la calidad del aire, de acción a corto plazo o de cualquier tipo de los previstos por la normativa básica y comunitaria. • Deber de identificar las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y las obligaciones de sus titulares de realizar declaración de emisiones a la atmósfera de su actividad, de llevar un registro de sus emisiones e incidencias, de adoptar medidas para evitar emisiones que puedan suponer riesgos sanitarios o de daños a los bienes, etc. • Obligación de que las emisiones no sometidas a autorización ambiental integrada, unificada o unificada simplificada obtengan autorización de emisiones. L Andalucía 2/2026, art. 105 a 120, BOJA 20-3-26