Régimen de actuaciones realizadas por medios electrónicos, informáticos y telemáticos que correspondan a la Dirección General de Tributos

25 noviembre 2025

Actualidad

25 de noviembre a 1 diciembre de 2025Régimen de actuaciones realizadas por medios electrónicos, informáticos y telemáticos que correspondan a la Dirección General de Tributos
Con entrada en vigor 2-12-2025 y aplicable cuando produzca efectos la resolución que dicte el Ministerio de Hacienda en desarrollo de la presente Orden, se establece el régimen de las actuaciones realizadas a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de aplicación de los tributos cuya tramitación corresponda a la Dirección General de Tributos y se prevé la aprobación del formulario y modelo de representación de carácter voluntario para dichos procedimientos.

  • MF nº 13252 s., 13173 s., 13059 s.
  • MPT nº 2255 s., 2272 s., 2934 s., 4735 s., 6117 s.
  • MIH nº 2485 s.

Con efectos desde las fechas expuestas y avanzando en el objetivo de articular una solución que permita gestionar el sistema de información de la Dirección General de Tributos, mediante la puesta a disposición de los sistemas informáticos, de bases de datos, infraestructuras físicas y lógicas y de comunicaciones de la AEAT, para alojar y mantener en ellos dicho sistema de información, se establece expresamente la aplicación de la normativa por la que se rige a la AEAT a las actuaciones realizadas a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de aplicación de los tributos cuya tramitación corresponda a la Dirección General de Tributos, en concreto:

  • Acreditación de la representación, apoderamientos y su registro ante la AEAT, que pueden considerarse suficientes a los efectos del RGGI art.111.2
  • Régimen de notificaciones por medios electrónicos incluyendo el sistema de avisos
  • Sellos electrónicos, código seguro de verificación y firma mediante código seguro de verificación

Asimismo, la Dirección General de Tributos debe ofrecer en su sede electrónica asociada, los siguientes documentos normalizados de uso voluntario:

  • (a) De presentación de consultas tributarias escritas con el contenido mínimo establecido para ello (nº 2936 Memento Procedimientos Tributarios 2026-2027). Este documento debe realizar validaciones de los datos introducidos para minimizar requerimientos y subsanaciones a los interesados;
  • (b) De representación voluntaria de los procedimientos administrativos de su competencia, en formato PDF para su descarga, cumplimentación y firma electrónicas o manuscrita.OM HAC/1358/2025, BOE 1-12-25
Memento

Memento Procedimientos Tributarios 2026-2027

Formato Online

Encontrarás el mejor análisis de todos los aspectos relacionados con el procedimiento tributario que está rigurosamente actualizado con la última legislación, jurisprudencia y doctrina administrativa. Esta edición contiene la modificación de la LGT en el marco de la lucha contra el fraude, mediante la transposición al ordenamiento interno de las directivas ATAD y DAC6.

Precio

136 €

Suscríbete ahora

Recibe novedades de artículos que se publican en el blog