23 diciembre 2025
Novedades en el Impuesto sobre las Labores del Tabaco | Actualización diciembre 2025
Se modifican los tipos de gravamen y los precios de referencia del Impuesto sobre las Labores del Tabaco.
31 de marzo a 6 de abril de 2026
Asociación sin ánimo de lucro que actúa como intermediaria para contratar un proyecto de I+D e IT a favor de los socios
En la medida en que la intermediación supone una actividad económica, las cantidades aportadas por los socios para sufragar el coste del proyecto constituyen ingresos sujetos y no exentos.
Una asociación sin ánimo de lucro prevé contratar a un centro tecnológico para facilitar ayudas para proyectos de I+D e IT a sus socios. La asociación cobraría a los socios interesados su parte proporcional del coste, solicitaría las ayudas a la UE y las transferiría a los socios participantes. Finalizado el proyecto, trasladaría sus resultados a los socios. De esta forma, la asociación prestaría un servicio de intermediación sin beneficiarse económicamente.
Se plantea si las cantidades entregadas por los socios para pagar la factura del centro tecnológico están exentas. Partiendo de que se trata de una asociación a la que resulta de aplicación el régimen especial de las entidades parcialmente exentas, considera que la actividad de intermediación para facilitar ayudas en el campo de la I+D e IT a sus socios parece determinar la existencia de una actividad económica, ya que supone la ordenación por cuenta propia de medios materiales y/o humanos con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. Por tanto, los ingresos derivados de las cantidades entregadas por los asociados para el pago de la factura del centro tecnológico están sujetos y no exentos. No obstante, el desarrollo y la existencia de una actividad económica que suponga la ordenación por cuenta propia de los medios materiales y humanos, son cuestiones de hecho que deben probarse por cualquier medio de prueba válido en Derecho ante los órganos competentes de la Administración tributaria.
a) Base imponible: Se determina aplicando las reglas generales del IS, si bien, se considera que adicionalmente no tienen la consideración de gastos fiscalmente deducibles:
b) Tipo de gravamen: El aplicable es el 25%, salvo que resulte de aplicación el de las entidades de nueva constitución (4969 s. Memento Fiscal 2026), o que la asociación tenga la consideración de microempresa o empresa de reducida dimensión (6723 Memento Fiscal 2026).
c) Obligación presentar la declaración: Solo existe cuando se cumplan los siguientes requisitos:
DGT CV 29-10-25V2021-25
Un análisis exhaustivo y rigurosamente actualizado de todos los aspectos del Impuesto sobre sociedades en una obra que analiza su regulación y aplicación y en la que se abordan los distintos regímenes especiales del impuesto a los que puede estar sujeta una entidad, por su objeto social, por el volumen de operaciones o por su proyección internacional.
Precio
136 €
23 diciembre 2025
Se modifican los tipos de gravamen y los precios de referencia del Impuesto sobre las Labores del Tabaco.
16 septiembre 2025
Con efectos desde el 14-9-2025 se modifican las funciones y competencias de los Departamentos de Inspección Financiera y Tributaria y de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT para adaptarlos a la normativa vigente.
2 septiembre 2025
No es posible aplicar el tipo reducido del 10\u202f% a las cuotas de arrendamiento financiero con opción de compra de un inmueble integrado por viviendas y locales cuando el arrendatario destina a su vez el inmueble al arrendamiento (subarrendamiento).
Recibe los posts más recientes en tu email