Actualidad. 1 a 7 de julio de 2025
Opción de compra sobre vivienda no construidaPara que la opción de compra de una vivienda quede sujeta al impuesto, es necesario que se documente en escritura pública, y que esta resulte inscribible, lo que es poco probable cuando se trata de una vivienda en construcción.
MF nº
11720 s.MITP nº
13372 s.Tras la venta de la vivienda habitual se obtienen unas ganancias, las cuales van a ser objeto de
reinversión en una nueva vivienda habitual de nueva construcción. Como consecuencia de lo anterior, y dado que la escritura pública de compraventa se va a otorgar más tarde, se va a firmar inicialmente una opción de compra, entregando como contraprestación el importe de la reinversión. A efectos de determinar si procede la tributación de dicha opción de compra, va a quedar sujeta a la
modalidad AJD del impuesto siempre que sea formalizada en escritura pública, tenga contenido u objeto valuable, sea inscribible en el registro de bienes muebles y no esté sujeta a tributación por ISD ni por las modalidades TPO ni OS del impuesto. Con base en lo anterior, la DGT concluye:
- si la opción no se documenta en escritura pública, no tributa por AJD;
- si se documenta en escritura pública, surge la duda de si esa escritura es inscribible registralmente lo cual parece ser poco probable al tratarse de una vivienda aún no construida, y por tanto no inscrita. En caso de ser inscribible, quedará sujeta a AJD.
DGT CV 25-3-25EDD 2025/561211