9 octubre 2018
Exención en el IAE de una UTE
Es aplicable a una UTE recien constituida la exención en el IAE por inicio de actividad económica, solo en el caso de que esta actividad sea distinta de la realizada por las empresas que la integran.
Actualidad. 12 a 18 de marzo de 2024
Nuevo texto refundido en materia de tributos cedidos en Cataluña
Se ha aprobado el libro sexto del Código tributario de Cataluña, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Cataluña en materia de tributos cedidos.
MPD nº 2673MEASF nº 4305, 4310, 4325
La Generalitat de Cataluña ha aprobado diversas medidas en relación con los tributos cedidos mediante sucesivas leyes de medidas tributarias. Todo ello, ha generado una dispersión normativa que dificulta el cumplimiento del principio de seguridad jurídica.
El legislador, autorizó a la Generalitat de Cataluña para que aprobara un texto refundido de los preceptos que tengan por objeto los tributos cedidos. En uso de esta competencia, con efectos desde el 15-3-2024, se ha procedido a su aprobación. En relación al IP se ha regulado en los mismos términos que la normativa que ahora se deroga:
Ofrece a las Personas con Discapacidad, a sus abogados, asesores y empresas, el análisis más completo de toda la normativa relativa a esta materia, abordándolo desde una múltiple perspectiva: fiscalidad, ámbito laboral y de la Seguridad Social y accesibilidad.
Precio
100 €
9 octubre 2018
Es aplicable a una UTE recien constituida la exención en el IAE por inicio de actividad económica, solo en el caso de que esta actividad sea distinta de la realizada por las empresas que la integran.
23 septiembre 2025
En el caso de matrimonios en régimen de gananciales, si la Administración no prueba el carácter privativo del bien, el dinero en el que se manifiesta la ganancia no justificada se presume ganancial, debiendo atribuirse por mitad a cada uno de los cónyuges. Solo podrá atribuirse a uno de ellos cuando, oídos ambos, quede acreditado su carácter privativo.
17 junio 2025
Advertido un error en la L C. Valenciana 5/2025 en relación con la deducción por gastos destinados a la adquisición de lentes graduadas, lentes graduadas con montura no premontadas, lentes de contacto y soluciones de mantenimiento, así como a la consideración de municipio en riesgo de despoblamiento a efectos de la aplicación de las deducciones del impuesto, la entrada en vigor se fija el 1-6-205 (y no en el 1-1-2026).