23 diciembre 2025
Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre | Actualización diciembre 2025
Se introducen mejoras técnicas para conseguir una mejor calidad en la información fiscal y se modifica la obtención del modelo en formato papel.
Actualidad. 16 a 22 de diciembre de 2025
Se ha regulado la organización y funcionamiento del Registro autonómico de personas con especial vinculación de Extremadura.MF nº 8544,8610MSUCI nº 8752, 9040
Tras la creación con efectos desde el 29-1-2025, del Registro autonómico de personas con especial vinculación de Extremadura a efectos del ISD (DLeg Extremadura 1/2018 art.20 bis a 20 quater redacc DL Extremadura 1/2025 y L Extremadura 1/2025), ahora, con efectos desde el 23-12-2025, se regula su organización y funcionamiento, destacando, entre otras, las siguientes cuestiones:
se pueden inscribir en el Registro aquellas personas para las que el solicitante manifiesta su voluntad de que, en el momento que cause su sucesión, se les extiendan los beneficios fiscales vigentes en la normativa autonómica para los grupos I y II de parentesco. Deben tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:
una vez fallecida la persona que promovió la inscripción en el Registro, las personas inscritas por él se pueden aplicar los mismos beneficios fiscales que se encuentren vigentes a la fecha de fallecimiento y que hayan sido establecidos por la norma autonómica para los sujetos pasivos clasificados en los grupos I y II de parentesco. Para ello, se exige que las personas inscritas tengan la condición de causahabientes en la herencia de la persona que promovió la inscripción y acreditar la especial vinculación con el causante a la fecha del devengo en los términos que se regulan en el D Extremadura 179/2025 ahora aprobado. El beneficio fiscal reconocido para las personas inscritas en el Registro autonómico no se transmitirá a sus herederos si fallecieran antes que la persona que instó la inscripción, salvo que se formalizara una nueva inscripción a favor de estos.
de las solicitudes presentadas antes del 22-12-2025: las solicitudes de inscripción que hayan sido presentadas conforme al modelo de solicitud aprobado por la Consejería Hacienda y Administración Pública Extremadura Resol 7-2-25EDL 2025/1840, se incorporarán de oficio al citado Registro. Su posterior modificación se someterá al cumplimiento de los requisitos establecidos en el D Extremadura 179/2025 ahora aprobado.D Extremadura 179/2025, DOE 22-12-25EDL 2025/23352
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23 diciembre 2025
Se introducen mejoras técnicas para conseguir una mejor calidad en la información fiscal y se modifica la obtención del modelo en formato papel.
11 febrero 2025
De acuerdo con la normativa vigente, es conforme a derecho que la entidad colaboradora rechace una transferencia cuando no coincide el importe de esta con el de la autoliquidación. No obstante, no se ajusta a la normativa que la AEAT no permita obtener una carta de pago por importe inferior al autoliquidado para hacer el correspondiente pago por transferencia.
10 junio 2025
Los servicios de psicoterapia prestados por un terapeuta por videoconferencia no tienen la condición de servicios electrónicos; no se les puede calificar como asesoramiento, por lo que se entiende realizados en sede del prestador y, solo en caso de que tengan finalidad terapéutica, de diagnóstico y prevención o tratamiento de una enfermedad, estarían exentos.