6 enero 2026
Reducción por irregularidad en la resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral
En las cantidades recibidas por resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral, la normativa del IRPF no supedita la aplicación de la reducción por irregularidad a que se cumpla el requisito de la desvinculación efectiva del trabajador con la empresa, que solo se prevé a efectos de la aplicación de la exención a las indemnizaciones por despido o cese del trabajador.