6 octubre 2026
Régimen transitorio de las reducciones por alquiler de vivienda
La entrada en vigor del nuevo régimen de reducciones sobre el rendimiento neto positivo del capital inmobiliario (LIRPF art.23.2 redacc RDL 29/2026) no modifica, con carácter general, el tratamiento de los contratos anteriores, pero permite aplicar específicamente la nueva reducción del 80% a los rendimientos correspondientes al período de prórroga tácita cuando concurran los requisitos exigidos.