Actualidad. 17 a 23 de febrero de 2026
Novedades en el IAE como consecuencia de los últimos fenómenos meteorológicos
Como consecuencia de los daños causados recientemente por diversos fenómenos meteorológicos adversos, se concede una reducción en la cuota del IAE.
MF nº 12434
MHIL nº 3201
Con efectos desde el 20-2-2026, y como consecuencia directa de los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura, se concede una reducción en la cuota del IAE correspondiente al ejercicio 2026 a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles, marítimo-pesqueros, turísticos y profesionales cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad, situados en los municipios afectados (RD 5/2026 Anexo), que se acredite que hayan resultado dañados o hayan sido objeto de desalojo como consecuencia directa del tren de borrascas e inundaciones producidas, hasta la reparación de los datos sufridos.
La reducción debe ser proporcional al tiempo transcurrido desde el día del cese de la actividad hasta su reinicio, en los mismos u otros locales, en condiciones de normalidad.
Cuando la gravedad de los daños motive el cese en el ejercicio, debe entenderse que este surte efectos desde el día 31-12-2025.
La reducción en la cuota del IAE comprende la de los recargos legalmente autorizados sobre el mismo.
Si, teniendo derecho a estos beneficios, ya se hubieren satisfecho, puede solicitarse la devolución de las cantidades ingresadas. RDL 5/2026 art.23.2.3 y 4 y disp.final 5ª, BOE 19-2-26