Actualidad: 14 a 20 de octubre de 2025
Novedades en Cataluña
Se aprueban nuevas bonificaciones aplicables a aquellas operaciones relacionadas con las explotaciones agrarias en el ámbito de esta comunidad autónoma, tratando de beneficiar al sector agrario tras los acontecimientos adversos y devastadores sufridos.
MF nº 11438,
11785 s.MITP nº 8648 s.,
13627 s.Con efectos a partir del
1-12-2025, se aprueban las siguientes bonificaciones, que afectan a las diferentes modalidades del impuesto:
- Modalidad TPO: se aprueban dos nuevas bonificaciones:
- Inmuebles de naturaleza rústica integrados en una explotación agraria cuando el adquirente es un agricultor profesional. Se aplica una bonificación del 95% de la cuota del impuesto a la transmisión de bienes inmuebles de naturaleza rústica integrados en una explotación agraria cuando el adquirente es un agricultor profesional, siempre y cuando desarrolle también una actividad agraria. No obstante, el porcentaje aplicable es del 99% si el adquirente tiene la condición de joven agricultor, recogiendo la propia norma qué se entiende por este concepto. A estos efectos, se exige además el mantenimiento de los bienes adquiridos y la actividad agraria durante un plazo de cinco años desde su adquisición.
- Expedientes de dominio, actos de notoriedad y actos complementarios de documentos públicos referidos en fincas integradas en explotaciones agrarias. Se aplica una bonificación del 95% de la cuota del impuesto.
- Modalidad AJD. Se aplica una bonificación del 90% de la cuota gradual de la modalidad de actos jurídicos documentados la escritura pública que documente actos de división, segregación, agregación y agrupación de fincas integradas en explotaciones agrarias.
DLeg Cataluña 1/2024 art.641-15, 641-16 y 642-9 redacc DL Cataluña 21/2025 art.16.4 a 6, DOGC 16-10-25; DL Cataluña 21/2025 disp.final 3ª, DOGC 16-10-25