Actualidad: 20 a 26 de septiembre de 2022 - Novedades en Andalucía
Con efectos desde 1-1-2022, se deflacta la escala autonómica y se elevan las cuantías del mínimo personal y familiar. MPD nº 1253 s., 1263
- Se elevan los tres primeros tramos de la escala autonómica, con el fin de corregir la denominada progresividad en frío, motivada por la subida de salarios a causa de la inflación, sin que suponga un aumento real de la capacidad de pago, quedando dicha escala autonómica como sigue:
- Se elevan las cuantías del mínimo personal y familiar para adaptarlas a los actuales niveles de precios preexistentes. De este modo, los mínimos del contribuyente, por descendientes, por ascendientes y por discapacidad aplicables en esta Comunidad Autónoma son los que se indican a continuación:
- a. Mínimo del contribuyente: 5.790 + 1.200 euros anuales, 5.790 + 1.200 euros anuales + 1.460 euros anuales.
- b. Mínimo por descendientes: Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo se aumenta en 2.920 euros anuales. El mínimo por descendientes se aplica por cada descendiente menor de 25 años o con discapacidad cualquiera que sea su edad, siempre que conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.
- c. Mínimo por ascendientes: 1.200 + 1.460 euros anuales.
- d. Mínimo por discapacidad: El mínimo se aumenta, en concepto de gastos de asistencia, en 3.130 euros anuales cuando se acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o una discapacidad igual o superior al 65%.
L Andalucía 5/2021 art.23 y 23 bis redacc DL Andalucía 7/2022 art.primero,1 y 2, BOJA 21-9-22; DL Andalucía 7/2022 disp.final 2ª, BOJA 21-9-22