7 abril 2026
Régimen del pequeño empresario o profesional
Se incrementa el volumen límite de operaciones para aplicar el régimen especial del pequeño empresario o profesional en el IGIC.
Se modifican de forma temporal los tipos impositivos a aplicar sobre determinados combustibles.
Al objeto de paliar los efectos derivados del incremento de los productos energéticos, se reduce el tipo impositivo del Impuesto sobre Hidrocarburos de los productos cuyo consumo se encuentra más extendido, el gasóleo y las gasolinas sin plomo, hasta el nivel mínimo que permite la normativa europea (Dir 2003/96/CE). Lo mismo se hace con otros productos como el fuelóleo, el GLP, el gas natural y el queroseno usado como combustible.
El importe a aplicar desde el 22-3-2026 a 30-6-2026 es el siguiente:
Decae esta medida en el mes de junio, si en el mes de abril la variación del IPC de los carburantes no supera en más de un 15% el IPC del mismo mes del año anterior, de acuerdo con la información publicada por el INE durante el mes de mayo.RDL 7/2026 art.38 y disp.final 21ª, BOE 21-3-26
7 abril 2026
Se incrementa el volumen límite de operaciones para aplicar el régimen especial del pequeño empresario o profesional en el IGIC.
6 febrero 2024
Se modifican los modelos 123, 193, 210, 216 y 296 para obtener, a través del suministro periódico de información de las declaraciones informativas y a través de las autoliquidaciones correspondientes, la información necesaria para poder realizar una comprobación, asistencia y control adecuado de las solicitudes de devolución de retenciones sobre dividendos a cuenta del IRNR.
1 enero 2026
Con efectos a partir del 19-1-2026, los sujetos pasivos obligados a la presentación de los modelos 650 y 651 del impuesto por vía telemática, quedan también obligados a realizar el pago de esas autoliquidaciones por ese mismo medio. Con la aprobación de esta Orden queda derogada la anteriormente vigente Orden C.Valenciana 16/2023EDL 2023/25237.
Recibe los posts más recientes en tu email