24 marzo 2026
Validez y acreditación de la notificación electrónica
La validez de la notificación electrónica exige constancia fehaciente de la fecha y hora de la puesta a disposición; identificación del destinatario; y acceso al contenido o, en su defecto, el transcurso de diez días naturales. Esta constancia se materializa en el justificante electrónico con sello o CSV, cuya ausencia impide verificar que la notificación se practica conforme a Derecho.