Novedades respecto al modelo de declaración del Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas

23 junio 2026

Actualidad. 23 a 29 de junio 2026

  • Novedades respecto al modelo de declaración del Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas
  • Se ha modificado el modelo 718, de declaración del Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. MF nº 3139, 3152
  • Se modifica el modelo 718, Impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, para adaptarlo al criterio establecido por el TEAC, según el cual procede la aplicación del límite de la cuota íntegra del ISGF, conjuntamente con las cuotas del IP y del IRPF (L 38/2022 art.3.doce.1), tanto a los sujetos pasivos sometidos al impuesto por obligación personal, como a los sometidos por obligación real, al considerarse de aplicación a este impuesto la jurisprudencia sentada respecto al Impuesto sobre el Patrimonio por el Tribunal Supremo (TEAC 18-12-25EDD 2025/80922; 18-12-25EDD 2025/809226).
  • La medida entra en vigor el 30-6-2026 y es de aplicación por primera para la presentación del modelo 718 correspondiente al ejercicio 2025, cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1-7-2026. OM HFP/587/2023 Anexo redacc OM HAC/652/2026 art.único, BOE 29-6-26; OM HAC/652/2026 disp.final única, BOE 29-6-26

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