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Inspección de Trabajo

Inspección de Trabajo
Aparición: 29/01/2020
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  • El contenido de este eBook te ofrece una completa información relacionada con la Inspección de Trabajo, desde las actuaciones de inspección, hasta la obstrucción a la actividad inspectora. 
  • Además, podrás encontrar información de las siguientes cuestiones:
    Actuaciones de inspección.
    Documentación: diligencia de actuación de la ITSS.
    Adopción de medidas.
    Obstrucción a la actividad inspectora: sanciones.

  • La información contenida en este ebook gratuito está ampliamente desarrollada en la herramienta de QMemento Soluciona. El sistema de documentación jurídica más eficaz del mercado.
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EXTRACTO

Duración de las actuaciones

(L 23/2015 art.21.4; RD 138/2000 art.17; RD 928/1998 art.8.2)

La duración máxima de las actuaciones comprobatorias de la ITSS a un mismo empresario es de 9 meses continuados, salvo que el retraso sea imputable a este.

No obstante, este plazo se puede ampliar por otros 9 meses adicionales por las siguientes causas justificadas:

– cuando las actividades de inspección revistan especial dificultad y complejidad;

– cuando en el transcurso de las mismas se descubra que el sujeto inspeccionado ha obstruido u ocultado al órgano inspector alguna de sus actividades o de las personas que las desempeñen;

– cuando la actuación inspectora requiera de cooperación administrativa internacional.

El cómputo del plazo máximo se inicia según el tipo de actuación:

a) Mediante visita al centro de trabajo: a partir de la fecha de la primera visita efectuada, que consta en la diligencia de actuación de la ITSS.

b) Por requerimiento de comparecencia: desde la fecha de la efectiva comparecencia del empresario ante la Inspección de Trabajo, que constará debidamente en la diligencia de actuación de la ITSS. 

Si no es posible concluir la comprobación por falta de aportación de los antecedentes necesarios o por ausencia o negativa a declarar de persona afectada por las declaraciones, se puede requerir la comparecencia de los sujetos obligados, y el cómputo se inicia desde el momento de la misma.

No se computa el tiempo transcurrido en los supuestos de requerimientos de subsanación de incumplimientos previos. Las actuaciones comprobatorias seguidas a un mismo empresario no pueden interrumpirse por tiempo superior a 5 meses, salvo que la interrupción sea imputable al propio empresario o a su representante, o a persona dependiente de ellos.


ÍNDICE

Introducción

Actuaciones de inspección

Documentación: diligencia de actuación de la ITSS

Adopción de medidas

Obstrucción a la actividad inspectora: sanciones


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