Debes introducir, al menos, dos caracteres
0

Problemática de la aportación de bienes privativos a la sociedad de gananciales

Problemática de la aportación de bienes privativos a la sociedad de gananciales
Aparición: 17/11/2019
(1)
2032 descargas

Te ofrecemos un contenido con el que podrás conocer la problemática de la aportación de bienes privativos a la hora de conformar la sociedad de gananciales. Entre otras, destacamos las siguientes cuestiones:
• El negocio jurídico de aportación de bienes a la sociedad de gananciales.
• Resolución por mutuo acuerdo del negocio jurídico de aportación.
• ¿Puede revocarse la aportación de bienes privativos a la sociedad de gananciales?

La información contenida en este ebook gratuito está ampliamente desarrollada en la herramienta de QMEMENTIX FAMILIA Y SUCESIONES. El sistema de documentación jurídica más eficaz del mercado.

Introduce tus datos para obtener el ebook

Complementa y amplía la información que buscas

Más sobre Problemática de la aportación de bienes privativos a la sociedad de gananciales

EXTRACTO

Inclusión de la aportación en el convenio regulador del divorcio

¿Puede utilizarse el convenio regulador como instrumento jurídico para incluir tanto la aportación de un bien privativo a la sociedad de gananciales como la subsiguiente liquidación de la sociedad? De las resoluciones de la DGRN se deduce que ello no es posible salvo que se trate de la vivienda familiar. Cuando el inmueble no tiene esa cualidad, la DGRN se apoya fundamentalmente en la inadecuación formal del convenio regulador del divorcio para documentar tal negocio, con base en el principio de legalidad aplicado a la forma de los respectivos documentos públicos, que no pueden exceder de su contenido propio, lo cual, en el convenio regulador no alcanza a negocios distintos de la liquidación de gananciales, aunque puedan estar conexos con la misma o tramitarse en un solo acto con ella. Según la DGRN: “en vía de principios, las transmisiones adicionales de bienes entre cónyuges, ajenas al procedimiento de liquidación (y tales son las que se refieren a bienes adquiridos por los cónyuges en estado de solteros no especialmente afectos a las cargas del matrimonio), constituyen un negocio independiente, que exige acogerse a la regla general de escritura pública para su formalización”. (Resoluciones de la DGRN de 13 de junio de 2011 y 13 de marzo de 2015).

Ahora bien, cuando se trata de la vivienda familiar, no existe ningún obstáculo registral para que el convenio pueda contener el negocio jurídico de aportación de bienes privativos cuando el bien pertenece en pro indiviso a un cónyuge y a la sociedad de gananciales. En este sentido podemos citar la Resolución de la DGRN de 11 de abril de 2012.

No obstante, el Notario Francisco Mariño Pardo, en su excelente trabajo sobre la aportación de bienes a la sociedad de gananciales, precisa que la anterior doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado es solo aplicable a los supuestos en los que el inmueble pertenece en pro indiviso a la sociedad de gananciales y a uno de los cónyuges, ya que si el bien es en su integridad privativo de uno de los cónyuges no podrá utilizarse el convenio regulador para realizar la aportación y deberá otorgarse una escritura pública independiente.

El mismo criterio se seguiría cuando el inmueble pertenezca en pro indiviso a ambos cónyuges con carácter privativo. Aunque sí sea posible incluir en el convenio regulador la extinción de condominio sobre la misma, no sería admisible hacerlo como bien ganancial previa su aportación a gananciales, pues la aportación seguiría siendo un negocio extraño al convenio regulador y contradictorio con la inmediata disolución de la sociedad de gananciales (Resolución de la DGRN de 3 de septiembre de 2011).


ÍNDICE

I. Planteamiento del problema

II. El negocio jurídico de aportación de bienes a la sociedad de gananciales

III. ¿Puede revocarse la aportación de bienes privativos a la sociedad de gananciales?

IV. ¿Puede solicitarse la nulidad de la aportación de bienes privativos a la sociedad de gananciales?

V. Resolución por mutuo acuerdo del negocio jurídico de aportación

VI. La aportación de bienes y sus consecuencias en el momento de la liquidación de la sociedad de gananciales


Opiniones

Liliana Ines Guerrero Zuñiga

"Me ha sido de mucha utilidad este texto. Gracias y sigan brindado más conocimiento e información a los abogad@s. Gracias"

A 0 personas les ha parecido útil esta opinión


Liliana Ines Guerrero Zuñiga

"Me ha sido de mucha utilidad este texto. Gracias y sigan brindado más conocimiento e información a los abogad@s. Gracias"

A 0 personas les ha parecido útil esta opinión


¿Necesitas ayuda?

8.30 - 19:00 (L-V) clientes@lefebvre.es

Envío gratuito

a partir de 30€

(aplicable a Península y Baleares)

Garantía de devolución hasta

2 meses

(15 días para producto electrónico)

Ver condiciones