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Selección de Doctrina Jurisprudencial sobre Préstamos Hipotecarios

Selección de Doctrina Jurisprudencial sobre Préstamos Hipotecarios
Aparición: 12/04/2021
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  • Te ofrecemos un contenido jurídico que incluye una selección de Doctrina Jurisprudencial en relación con los préstamos hipotecarios. Entre otras, destacamos las siguientes cuestiones:

    . Acuerdo transaccional de novación de cláusula suelo.
    . Pronunciamiento sobre costas en los litigios sobre cláusulas abusivas.
    . Derecho a la reestructuración del crédito hipotecario.

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EXTRACTO

Doctrina del TJUE sobre la validez de acuerdo transaccional de novación de cláusula suelo de préstamo hipotecario

TJUE 9-7-20, EDJ 591552

1. La Dir (UE) 93/13 art.6.1 no se opone a la posibilidad de celebrar válidamente contratos de novación que tengan por objeto cláusulas cuyo carácter abusivo pueda ser declarado judicialmente.

El juez nacional debe tener en cuenta la voluntad manifestada por el consumidor cuando, consciente del carácter no vinculante de una cláusula abusiva, manifiesta, sin embargo, que es contrario a que se excluya, otorgando así un consentimiento libre e informado a dicha cláusula.

2. La Dir (UE) 93/13 art.3.1 y 2 debe interpretarse en el sentido de que cabe considerar que la propia cláusula de un contrato celebrado entre un profesional y un consumidor, con el fin de modificar una cláusula potencialmente abusiva de un contrato anterior celebrado entre ambos o de determinar las consecuencias del carácter abusivo de la misma, no ha sido negociada individualmente y puede, en su caso, ser declarada abusiva.

3. En cuanto a la renuncia mutua al ejercicio de acciones incorporada al acuerdo transaccional, el hecho de que un profesional y un consumidor renuncien mutuamente a ejercitar acciones judiciales en relación con la cláusula de un contrato no impide al juez nacional examinar el carácter abusivo de esa cláusula, puesto que la misma puede tener efectos vinculantes para el consumidor.

El TJUE diferencia entre:

a. Renuncia al ejercicio de acciones ya nacidas, es decir, en relación con la controversia existente a la que se pretende poner término mediante el propio acuerdo. Dice al respecto que la cláusula puede ser calificada como abusiva cuando el consumidor no ha podido disponer de la información pertinente que le hubiera permitido comprender las consecuencias jurídicas que se derivaban para él de tal cláusula.

b. Renuncia a acciones futuras. El TJUE es tajante al afirmar que un consumidor no puede comprometerse válidamente a renunciar para el futuro a la tutela judicial y a los derechos que le confiere la Dir (UE) 93/13. La posibilidad de que el consumidor renuncie previamente a los derechos que le confiere el sistema de protección establecido por dicha Directiva sería contrario al carácter imperativo del precepto y pondría en peligro la eficacia de este sistema.


ÍNDICE

– Acuerdo transaccional de novación de cláusula suelo.

– El IRPH como índice de referencia del tipo de interés de préstamos hipotecarios.

– Pronunciamiento sobre costas en los litigios sobre cláusulas abusivas.

– Caducidad de la acción de nulidad por error en hipoteca multidivisa.

– Derecho a la reestructuración de crédito hipotecario; código de buenas prácticas.

– Cláusulas de vencimiento anticipado en crédito hipotecario: efectos de la declaración de abusividad.


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