Caso mascarillas: condena por organización criminal y corrupción pública
1 junio 2026
Actualidad Penal. Junio 2026
Caso mascarillas: condena por organización criminal y corrupción pública El Tribunal Supremo condena por unanimidad a José Luis Ábalos, Koldo García y Víctor de Aldama por formar una organización criminal destinada a manipular la adjudicación de contratos públicos de mascarillas durante la pandemia. Se acredita el uso de influencias y cargos públicos para beneficiar a empresas afines a cambio de comisiones económicas. El Tribunal detalla la existencia de reparto de roles y la utilización de información privilegiada en los procedimientos de emergencia. Se imponen penas de prisión, inhabilitación y multas, con atenuación muy cualificada para Aldama por colaboración con la Justicia, acordando la suspensión de sus penas privativas de libertad. Se absuelve a los acusados de prevaricación administrativa por la situación excepcional de la pandemia. La sentencia destaca el grave daño institucional que provoca la corrupción y la necesidad de proteger la integridad en la gestión pública.MPEN nº 16768, 16768, 18812, 18812, 16853, 16853, 16890, 16890
La Sala Segunda enjuicia una operativa de corrupción articulada en torno a José Luis Ábalos (como responsable público), Koldo García (colaborador/asesor) y Víctor de Aldama (empresario), siendo los tres constituyentes de esta y describiendo una dinámica estable y persistente en el tiempo de captación de contratos y ventajas a cambio de pagos y contraprestaciones. El plan criminal tuvo lugar tras el inicio de las relaciones personales y, en especial, de los viajes que llevaron a cabo los tres acusados. La sentencia recalca que «pronto vieron» los tres la oportunidad de obtener un común beneficio económico y que, con tal ánimo de enriquecimiento, convinieron que, aprovechando el cargo de Ábalos en el Gobierno y en el PSOE, este podría favorecer, a cambio del correspondiente beneficio económico del que todos participarían, la contratación con la Administración Pública en cuantas ocasiones hubiera oportunidad, por empresas cuyos intereses captaría y promovería Víctor de Aldama, así como facilitar a este el acceso preferente a la Administración para la realización de las gestiones que precisara para sí mismo o para las referidas empresas.
Entre los ejes del relato, se consideran probados hechos constitutivos de delito entre los que figuran adjudicaciones y contrataciones irregulares (destacando operaciones vinculadas a mascarillas COVID-19), pagos mensuales para «gastos fijos», el alquiler de un apartamento para persona vinculada a Ábalos, y la creación o facilitación de puestos/contratos en entidades públicas con retribución sin trabajo efectivo (INECO, TRAGSATEC, LOGIRAIL). Se describen además otras gestiones de influencia (nota de prensa vinculada al rescate de Air Europa) y actuaciones periféricas respecto de las cuales no se alcanza condena en todos los extremos (concesión de una licencia de hidrocarburos).
El fallo impone penas de prisión e inhabilitación a los principales acusados por los delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación. Se destaca la suspensión de las penas privativas de libertad para Víctor de Aldama por su colaboración activa con la Justicia.TS 22-6-26, EDJ 621538