Actualidad Sociedades Mercantiles. Junio 2026
Impugnación de acuerdos sociales: controversias sobre la condición de socios
Se declara la nulidad de los acuerdos adoptados en junta universal, dado que a la misma asistió el adquirente de las acciones mediante un contrato que no llegó a surtir efectos debido a que no se cumplieron las condiciones suspensivas a que estaba sometido el mismo (pago del precio y otorgamiento de escritura pública).
MSM nº 5994.7 MSL nº 5090
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Un socio transmite en contrato privado todas sus acciones bajo determinadas condiciones suspensivas (entre ellas, el pago del precio y el otorgamiento de escritura), y antes de que se cumpliesen, la sociedad cuyas acciones se transmiten celebró junta general universal, a la que asistió el adquirente.
El socio transmitente impugna los acuerdos adoptados en esa junta y, con carácter previo a analizar la validez de los propios acuerdos, se discute la condición de socio del demandante.
La Audiencia Provincial, revocando la sentencia de instancia, estima íntegramente la demanda y declara la nulidad de los acuerdos impugnados, debido a que el contrato de venta de acciones no surtió efectos por cuanto que no se llegaron a cumplir las condiciones suspensivas, tal como así fue declarado mediante sentencia firme en otro proceso judicial entre el transmitente y adquirente.AP Madrid 10-12-25, EDJ 834128