3 junio 2025
Convenios colectivos publicados en el BOE del día 27-5-25 al día 2-6-25 (RS 22/25 27 de Mayo de 2025 al 02 de Junio de 2025)
Convenios colectivos
Solicitado el depósito de cuentas anuales empleando el modelo contenido en la OM JUS/471/2017, el registrador mercantil lo suspende por no contar en la hoja de Datos Generales de Identificación el resultado del ejercicio -beneficio/pérdida- y, en su caso, su aplicación. El recurrente señala, resumidamente, que sí consta el dato, al haberse consignado «cero».
La hoja «IDA2» del modelo oficial de cuentas anuales comprende la información exigible relativa a la aplicación del resultado en la que junto a la necesaria partida (numerada 91000), relativa al saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias, se encuentran otras posibles (remanente, reservas voluntarias, otras reservas de libre disposición), cuya suma conforma la partida denominada total base de reparto = total aplicación (numerada 91004), en donde se expresa el importe total que se destina a aplicación de resultado. A continuación, la hoja comprende los distintos posibles destinos de la cantidad anterior (reserva legal, reservas especiales, reservas voluntarias, dividendos, remanente y otros y compensación de pérdidas de ejercicios anteriores), cuya suma se refleja en la partida aplicación = total base de reparto (numerada como 91012), para hacer constar el importe total de la aplicación del resultado.
La DGRN ya confirmó que las casillas relativas a «saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias» (91000), «total base de reparto = total aplicación» (91004) y «aplicación = total base de reparto» (91012), no pueden estar en blanco, por ser requisitos legalmente exigibles que necesariamente deben constar cumplimentados en los modelos normalizados. Sin embargo, en este caso, sí se han rellenado las mencionadas casillas, consignándose la cantidad de «0» euros en cada una de ellas, por ser el resultado del ejercicio negativo y no haber, por tanto, base para la aplicación del resultado. En este sentido, se advierte que la casilla 91000 («saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias» ) solamente ha de coincidir con la casilla 49500 (que recoge los resultados del ejercicio de la cuenta de pérdidas y ganancias), en caso de que el resultado del ejercicio sea positivo.
En consecuencia, la DGRN estima el recurso y revoca íntegramente la nota de calificación del registrador
3 junio 2025
Convenios colectivos
11 junio 2024
La valoración y los efectos del cese de la socia de una cooperativa por ineptitud sobrevenida se rigen por su normativa específica y su reglamento interno y no por el ET, por lo que la expulsión de los socios o el cese de dicha condición no es despido. La consideración de una discapacidad por enfermedad como de larga duración no conlleva la nulidad automática del cese por discriminación, sino que hay que valorar las circunstancias concurrentes.
1 noviembre 2025
Se considera acto de competencia desleal por parte de una federación deportiva la autorización o prohibición unilateral respecto de la fijación de fechas y horarios de partidos la liga profesional organizadora, y la imposición de condiciones económicas para dicha autorización.
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