1 diciembre 2025
Cómputo de mayorías en caso de conflicto de intereses
En el supuesto de que, existiendo conflicto de intereses, el socio de una SRL no esté legalmente obligado a abstenerse de la votación (LSC art.190.3), su eventual abstención cuenta como votos válidamente emitidos a efectos de computar el mínimo del tercio del capital social.