16 junio 2026
Alcance del control registral de los planes de igualdad
En el registro de planes de igualdad, la autoridad laboral únicamente puede ejercer un control formal, dado que el control de legalidad está reservado en exclusiva a la jurisdicción social. Además, la adaptación extemporánea de los planes vigentes a la entrada en vigor de su reglamento no conlleva la nulidad automática ni impide la inscripción de sus modificaciones.