Procedimiento de calificación y evaluación de la discapacidad en el ámbito del IMSERSO

14 abril 2026

Se determina la composición organización y funciones de los equipos multiprofesionales encargados de la calificación y reconocimiento del grado de discapacidad en al ámbito del IMSERSO (ciudades de Ceuta y Melilla).Asimismo, se desarrolla el procedimiento a seguir para la valoración del grado de discapacidad en su ámbito territorial.
Actualidad. 14 a 20 de abril de 2026Procedimiento de calificación y evaluación de la discapacidad en el ámbito del IMSERSOSe determina la composición organización y funciones de los equipos multiprofesionales encargados de la calificación y reconocimiento del grado de discapacidad en al ámbito del IMSERSO (ciudades de Ceuta y Melilla).Asimismo, se desarrolla el procedimiento a seguir para la valoración del grado de discapacidad en su ámbito territorial.MS nº 5708, 5706MPD nº 4070

11La evaluación se realiza aplicando el baremo del RD 888/2022, con modalidades presencial , por informe o telemática en circunstancias especiales, garantizando accesibilidad y ajustes razonables, y concluye con un dictamen propuesta con contenido mínimo.El procedimiento se inicia a solicitud de la persona interesada o a través de representante, guardador de hecho o de la persona que presta medidas de apoyo para su capacidad jurídica, mediante modelo normalizado. La resolución debe dictarse de manera expresa en el plazo de 6 meses, con efectos desde la fecha de la solicitud y tendrá validez en todo el territorio del estado. Se prevé, de oficio o a instancia de persona interesada, la revisión del grado de discapacidad, siempre que se prevea una modificación de las circunstancias y, en todo caso, en la fecha de revisión También se regula la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, como documento personal e intransferible que tiene por finalidad acreditar el grado de discapacidad de su titular y servir de documento probatorio de dicha condición. Los titulares son las personas empadronadas y con residencia efectiva en Ceuta y Melilla con grado igual o superior al 33%, y es válida en todo el Estado.OM DCA/348/2026, BOE 17-4-26

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