23 diciembre 2025
Revalorización de las pensiones de viudedad, orfandad y en | Actualización diciembre 2025
Se actualizan las cuantías respecto de las establecidas para 2025.
Actualidad. 25 a 31 de octubre de 2022
El pensionista de clases pasivas que comunica a la Administración que está realizando una actividad profesional compatible una vez iniciada esta, no ha de devolver toda la pensión de la pensión de jubilación en los meses que no comunicó, si no tan solo el 25% de la misma, como en los restantes meses. La comunicación se debe realizar con la diligencia debida y en plazo útil para que la Administración haga sus averiguaciones. La resolución de compatibilidad es un actyo administrativo favorable al interesado de naturaleza declarativa y puede tener efectos retroactivos.
La Sala III del Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por un pensionista de retiro o jubilación de clases pasivas, casa la sentencia del TSJ de Madrid y, por tanto, anula la resolución de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, que obligaba a devolver la totalidad de la pensión recibida en el período en el que todavía no había comunicado la realización de actividad profesional compatible. El contrato que fue declarado compatible con la jubilación, duró del 25-4-2018 al 26-10-2018, la comunicación preceptiva a la Administración se realizó con casi 2 meses de retraso, el 20-6-2018. Según esa Resolución durante el trabajo, el monto de la pensión de jubilación era del 75% (reducción del 25%), pero, además, debía devolver la pensión percibida durante el tiempo de ausencia de comunicación (25-4-2018 al 20-6-2018). El pensionista disconforme impugnó tal devolución que fue desestimada en la instancia y en vía de recurso que entendían que era consecuencia del incumplimiento del deber de no iniciar una actividad compatible con la pensión de jubilación antes de haber presentado a la Administración la preceptiva solicitud de compatibilidad. La norma reguladora se refiere a la actividad "que se venga realizando o que se pretenda realizar", por lo de su interpretación literal no resulta ilícito o prohibido iniciar una actividad compatible antes de hacer la preceptiva comunicación a la Administración (RD 710/2009 art. 11). Además, en una perspectiva finalista, ello tiene mucho sentido, dado que a menudo la posibilidad de realizar una actividad compatible requiere una aceptación inmediata, que no puede retrasarse hasta que la Administración haga la correspondiente declaración de compatibilidad. No existe, así, un deber de comunicación previa de la actividad compatible y, por ello, de la mera circunstancia de haber iniciado la actividad compatible antes de hacer la comunicación a la Administración no pueden seguirse consecuencias perjudiciales para el pensionista.
23 diciembre 2025
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23 diciembre 2025
Durante 2026 se mantiene la posibilidad de que los facultativos de atención primaria, médicos de familia y pediatras compatibilicen la pensión de jubilación con el ejercicio de la profesión.
3 junio 2025
En el supuesto de alta fuera de plazo, procede la aplicación de los beneficios en la cotización si a la fecha de su concesión el trabajador autónomo se encuentra al corriente en el cumplimiento de su obligación de cotizar, aplicándose desde el momento en que se ponga al corriente, pero no cabe la rehabilitación de este derecho por el mero hecho de ponerse al corriente en su pago con posterioridad a su denegación.
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