Actualidad. 23 a 29 de diciembre de 2025
Noticias RED: regularización anual de bases y cuotas de autónomos
Se ha publicado el BNR 12/2025 que informa sobre el proceso y las novedades relativas a la regularización anual de bases y cuotas de los trabajadores por cuenta propia o autónomos correspondientes al ejercicio 2024, cuya gestión corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social.
MS nº 8180
MSS nº 5451, 7333
La TGSS ha publicado un nuevo boletín RED
Con el siguiente contenido relacionado con el procedimiento de regularización RETA
- 1. Inicio del procedimiento: Se informa que el procedimiento de regularización de bases y cuotas de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, que estuvieron en situación de alta durante al menos un día en el año 2024, se iniciará el próximo mes de enero de 2026, mediante el envío a través de NOTESS de las primeras notificaciones. Las fases serán las siguientes:
- Primera fase: Incluye a los autónomos que cotizaron por una base superior a la que resultaría de sus rendimientos netos computables en 2024, pero que pueden mantener la base provisional siempre que no supere la de 31-12-2022. Estos trabajadores podrán ejercer la opción de mantener una base superior dentro del plazo que finaliza el último día del mes siguiente a la notificación del trámite de audiencia (normalmente, hasta el 28-2-2026 si la notificación es en enero).
- Segunda fase: Prevista para mediados de febrero de 2026, abarca a quienes cotizaron:
- por una base superior a la determinada por sus rendimientos;
- por una base inferior;
- no hubiesen presentado declaración del IRPF ante la AEAT;
- que habiéndola presentado no hayan declarado ingresos;
- Tercera fase: Autónomos cuya base provisional se convierte automáticamente, en definitiva. Esto ocurre cuando la base provisional coincide con el tramo correspondiente de rendimientos o cuando el periodo de alta no es regularizable.
- 2. Canales de atención para resolver las consultas:
- Telemático (CASIA), mediante la categoría específica para Regularización RETA.
- Oficina Virtual, dónde se habilita un servicio concreto para la consulta de regularización y para ejercer la opción de mantener bases superiores hasta la fecha límite citada.
- Atención Telefónica, con números de teléfono específicos. Se requiere información identificativa tanto del autorizado RED como del trabajador autónomo sobre el que se consulta.
- 3. Servicios de consulta de regularización anual RETA: En la Oficina Virtual de la Seguridad Social se ofrecen los siguientes servicios:
- Regularización actual, que visualiza los datos que han motivado la regularización y habilita la opción de mantener la base superior (sólo respecto de los trabajadores notificados mediante trámite de audiencia - modelos TA U 24 xxx-).
- Regularizaciones finalizadas: en esta opción se pueden consultar regularizaciones que afectan a años anteriores y que ya han finalizado. Actualmente únicamente estará disponible la correspondiente al año 2023.
- La opción para mantener una base superior puede anularse dentro del mismo plazo de ejercicio, a través del mismo servicio online.
- 4. Información por correo electrónico: Según avance el proceso de regularización de bases y cuotas, y antes de la emisión de notificaciones formales, la TGSS va a informar por correo electrónico a los autorizados RED afectados a través de una campaña masiva que incluye enlaces personalizados para revisar información relevante de los trabajadores a su cargo. Esta información tiene carácter meramente orientativo hasta que se emita la notificación administrativa oficial.
- La información se enviará desde la dirección de correo electrónico:
- 5. Mantenimiento prórroga segundo periodo de tarifa plana (cuota reducida por inicio de actividad): De acuerdo con lo establecido en la LGSS art.38.ter, el primer periodo de tarifa plana (12 meses) no es objeto de regularización. En el segundo periodo (otros 12 meses), la regularización solo procede si los rendimientos netos anuales superan el SMI anual en cualquier año afectado. En tal caso, se reclama la diferencia de cuotas no abonadas durante el año/s en que se supere el umbral, calculando la parte proporcional de los rendimientos atribuible a los meses en que se aplicó la reducción.
- A los autónomos que, para el año 2024, hubieran solicitado la prórroga del segundo periodo de tarifa plana y se constate que han obtenido unos rendimientos o superiores al SMI, se les van a reclamar las cuotas que durante 2024 no se ingresaron por aplicación del beneficio. Aunque este beneficio se pierde para 2024, se sigue disfrutando en 2025. La comprobación para ese año se hará el siguiente año.
- A estos trabajadores afectados se les informará expresamente de esta circunstancia en la resolución de la regularización que se les notifique (modelos de resolución “TA TPR 24 XXX”).
- 6. Información AEAT: La AEAT ha publicado toda la información relativa a las casillas del modelo 100 y las claves y subclaves de los modelos 190 de rendimientos del trabajo y 193 de rendimientos del capital mobiliario que facilita la TGSS para el cálculo de la base de cotización definitiva de los trabajadores por cuenta propia o autónomos. Se enumeran las casillas y modelos fiscales de los que la AEAT suministra información para la regularización, según el tipo de actividad.
BNR 12/2025
EDC 2025/790142