Modificación de permiso derivada de modificación de la normativa

17 marzo 2026

Actualidad: 17 a 23 de marzo de 2026

  • Modificación de permiso derivada de modificación de la normativa
    La modificación de las medidas de flexibilidad, permisos y licencias en una empresa como consecuencia de una modificación de la normativa no es una MSCT, sino una adaptación de aquellas, al no provenir de la voluntad unilateral de la empresa.
    MS nº 5322
    MCT nº 215, 9220
  • 9Las relaciones laborales en una empresa se regulan, además de por el ET, por el convenio colectivo sectorial y el Acuerdo de homologación de condiciones de personal. En este último se recoge un permiso por desplazamiento de 3 días naturales en caso de hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y/o conviviente, cuando implique una distancia superior a 120 km entre la residencia laboral de la persona trabajadora y su lugar de destino o invertir más de 90 minutos.
    El RDL 5/2023 transpuso las directivas de la UE en materia de conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores y modificó el ET art.37.3.b. Como consecuencia, la empresa actualiza las medidas de flexibilidad, permisos y licencias, y el permiso por hospitalización de parientes pasa a ser de 5 días, con o sin desplazamiento, con lo que elimina el permiso especifico por desplazamiento.
  • Un sindicato interpone demanda de conflicto colectivo frente a la empresa ante la AN. Solicita que se declare MSCT no ajustada a derecho su decisión unilateral de eliminar los 3 días naturales por desplazamiento que figuran en el Acuerdo de homologación de condiciones de personal, y, subsidiariamente, se declare la nulidad de la misma, por no haber seguido el procedimiento adecuado (ET art.41.4). La AN desestima la demanda y el sindicato recurre en casación.
  • La cuestión a determinar es si esa modificación normativa es causa suficiente para adaptar el permiso retribuido establecido en el Acuerdo o si estamos ante una MSCT y, en consecuencia, la empresa debió articular el correspondiente periodo de consultas.
    Para que la decisión empresarial sea una MSCT, es esencial que responda a la exclusiva voluntad unilateral de la empresa, y no a la necesidad derivada de la aplicación de una norma legal que la imponga (TS 25-6-24, EDJ 598943). Y es precisamente esta última la que ha llevado a la empresa a la modificación, lo cual hace innecesaria negociación alguna. Además, la nueva regulación es más beneficiosa para las personas trabajadoras, ya que recoge que los días de permiso son hábiles y no naturales como en la regulación anterior.
  • El TS concluye que:
    1. Aunque hubiera sido beneficioso para las relaciones laborales de la empresa haber negociado el cambio, no es legalmente obligatorio. Y como la empresa no tenía alternativa, no se le puede reprochar que no abriera la negociación.
    2. En cuanto a si la nueva regulación es más o menos favorable para los trabajadores: anteriormente había derecho a un permiso retribuido de 3 días naturales y, bajo determinadas circunstancias, ampliable en 3 días más para desplazamientos; actualmente, se reconoce directamente a todo el personal, necesite o no realizar desplazamiento, un permiso de 5 días laborables. Por lo que el permiso ha sido ampliado, en tanto que los días laborables han pasado de 3 a 5, elemento que excluye los fines de semana, de forma que en la práctica pueden llegar a 7 naturales. Si añadimos que ha sido ampliado el grupo de personas cuya enfermedad o accidente puede sustentar el permiso, es evidente que el permiso no ha empeorado. Desestima el recurso.
TS 18-2-26, EDJ 519500

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