7 abril 2026
Convenios colectivos publicados en el BOE del día 7-4-26 al día 13-4-26
Convenios colectivos
Actualidad. 25 de noviembre a 1 de diciembre de 2025
Cuando el trabajador que reclama una indemnización de daños y perjuicios por enfermedad profesional fallece antes de dictarse la sentencia, la cuantía indemnizatoria es la que se fija en el momento de dictar sentencia (o en el que hay acuerdo entre las partes) y no la que fijaba la demanda interpuesta por aquel.
MS nº 277
MSS nº 2523
Un oficial mecánico electricista ha trabajado para RENFE y otras empresas desde el año 1958. En 2005, RENFE se dividió en ADIF Infraestructuras y RENFE Operadora, y en 2013, esta última se dividió a su vez en cuatro divisiones. En 2018 ingresa en el hospital. Se le diagnostica mesotelioma pleural epitelioide (cáncer de pulmón) en estadio avanzado y se le declara en situación de IPA derivada de enfermedad profesional, siendo su profesión habitual oficial 1ª en empresa de calderas/RENFE. El trabajador interpone demanda en reclamación de 421.066,68 € en concepto de valoración de lesiones permanentes por el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad profesional, contra las empresas en las que ha trabajado y las cuatro divisiones de RENFE. Ese mismo año fallece.
Su viuda, dos hijas y una hermana interponen demanda -que se acumula a la anterior- contra tres de las divisiones de RENFE: ADIF, RENFE Operadora y RENFE Mantenimiento. Reclaman la cantidad total de 198.120,49 €, más intereses, en concepto de valoración de daños por fallecimiento.
El JS estima íntegramente la demanda contra esas tres divisiones de RENFE. Condena a abonar al causante 421.066,68 €, que debe percibir su viuda, y 198.120,49 € a su viuda, hijas y hermana, en concepto de indemnización por fallecimiento.
El TSJ confirma la condena a RENFE Operadora y RENFE Mantenimiento en suplicación. Entiende que la cuantía indemnizatoria de 421.066,68 € quedaba fijada con la reclamación en conciliación y judicial del causante, antes de fallecer. Las dos divisiones de RENFE recurren en casación para unificación de la doctrina. Consideran que esa indemnización debe quedar fijada en el momento de dictarse la sentencia, conforme al RDLeg 8/2004 art.45 y, por tanto, en 44.039,49 €.
La cuestión planteada es si, al haber fallecido el trabajador que reclama en vía judicial una indemnización de daños y perjuicios por enfermedad profesional antes de dictarse de la sentencia de instancia, la cuantía indemnizatoria es la que se fija en la demanda interpuesta por aquel cuando ya se conoce el alcance de la secuela, o se fija en el momento de dictar sentencia (o en que hay acuerdo entre las partes) conforme a las reglas establecidas al efecto (RDLeg 8/2004 art.45).
El TS considera que la fijación de la indemnización es la que resulta por acuerdo entre las partes o por resolución judicial, evidentemente dictada con posterioridad a la muerte, y no la que fija la demanda interpuesta por el causante antes de fallecer. Porque quien se va a beneficiar de la indemnización no es ya el accidentado sino sus herederos y, por tanto, la indemnización ha de modularse en función a los parámetros determinados al efecto (RDLeg 8/2004 art.45).TS 13-11-25, EDJ 765364
7 abril 2026
Convenios colectivos
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Como ya estaba previsto en el RDL derogado, las personas trabajadoras autónomas que, en razón de un trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, coticen en régimen de pluriactividad, tienen derecho al reintegro del 50 % del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 17.323,68 €
23 diciembre 2025
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