Efectos económicos del cambio de contingencia de la IT

13 enero 2026

Actualidad. 13 a 19 de enero de 2026

Efectos económicos del cambio de contingencia de la IT
Cuando se solicita un cambio en la calificación de la contingencia de una IT una vez transcurridos más de 3 meses desde el hecho causante, los efectos económicos del reconocimiento sólo pueden retrotraerse a los 3 meses anteriores a la fecha de la solicitud.
MS nº 221 MSS nº 2937

1Una trabajadora administrativa de un centro sanitario solicita al INSS el reconocimiento como derivados de enfermedad profesional por Covid-19 o, en su defecto, de accidente de trabajo, de varios periodos de IT iniciados entre marzo y octubre de 2020. Inicialmente, el INSS califica dichos procesos de IT como derivados de enfermedad común o, en algunos, enfermedad común asimilada a accidente de trabajo, atribuyendo la responsabilidad del pago de prestaciones a la mutua o al propio INSS. Tras la oportuna reclamación, tanto el JS como el TSJ estiman que todos los periodos de IT derivan de enfermedad profesional, por ser recaídas del proceso inicial, atribuyendo la responsabilidad principal a la mutua y reconociendo los efectos económicos desde el inicio de la IT. La mutua plantea recurso de casación para la unificación de doctrina, centrando la controversia en la fecha a partir de la cual debe reconocerse el derecho económico a las prestaciones tras la reclasificación de la contingencia. Se discute si los efectos económicos deben retrotraerse al momento inicial del hecho causante o limitarse a los 3 meses previos a la solicitud de determinación de contingencia. El TS analiza la normativa y la doctrina consolidada sobre el tema y concluye que, cuando el trabajador solicita un cambio en la calificación de la contingencia (de común a profesional) una vez transcurridos más de 3 meses desde el hecho causante, los efectos económicos del reconocimiento sólo pueden retrotraerse a los 3 meses anteriores a la fecha de la solicitud (LGSS art.53). Si bien en la IT rige el llamado principio de oficialidad (no siendo, en principio, necesaria solicitud expresa para el cobro de la prestación), esta excepción no aplica cuando se discute la etiología de la IT y se promueve procedimiento específico para determinar la contingencia (RD 1430/2009 art.6); en estos casos, la retroactividad máxima es de 3 meses. El TS estima parcialmente el recurso de la mutua: mantiene la calificación de enfermedad profesional y la responsabilidad, pero limita los efectos económicos reconocidos en sentencia a los 3 meses anteriores a la solicitud de determinación de contingencia.TS 24-11-25, EDJ 775206
NOTA
La sentencia cuenta con un voto particular que sostiene que, por el principio de oficialidad y la naturaleza automática de la prestación de IT, no debería aplicarse la limitación de 3 meses, sino un plazo prescriptivo más amplio.

Memento

Memento Social 2026

Formato Online

Memento de referencia en el ámbito jurídico con toda la información laboral y de Seguridad Social en un solo volumen. Actualizado, con el análisis de las últimas reformas y la jurisprudencia y doctrina. Incluye el servicio “Extras Mementos” y alertas semanales por e-mail para que no se te escape ninguna novedad.

Precio

192 €

También puede interesarte

25 noviembre 2025

Compatibilidad entre el cargo de administrador y una relación laboral: jurisdicción competente

Si el administrador desempeña simultáneamente actividades propias del Consejo de Administración de la Sociedad y funciones de alta dirección, resulta aplicable la teoría del vínculo, conforme a la cual, el vínculo mercantil absorbe al laboral, en cuyo caso, la competencia para resolver sobre dicha relación corresponde al orden jurisdiccional civil. Por el contrario, sí resulta compatible una relación laboral común con el desempeño de funciones de administrador, en cuyo caso, la competencia para resolver sobre dicha relación corresponde a la jurisdicción social.

7 octubre 2025

Actualización en 2025 del sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud

Se actualizan los conjuntos y precios de referencia de las presentaciones de medicamentos establecidos por la Orden Ministerial de 2024. Para ello, se definen nuevos conjuntos con sus respectivos precios de referencia, se revisan los precios previamente fijados y se eliminan aquellos conjuntos que, por causas sobrevenidas, ya no cumplen los requisitos necesarios para su mantenimiento.

9 abril 2024

Despido improcedente. Derecho a una indemnización superior a la legal tasada

El Comité Europeo de Derechos Sociales ha dictado una resolución, cuyo texto íntegro aún no ha sido publicado, en la que respalda la reclamación colectiva del UGT que considera que el mecanismo para el cálculo del despido improcedente en base, únicamente, a la antigüedad y al salario del trabajador, con un tope máximo legal y sin permitir al órgano jurisdiccional reconocer y valorar los daños reales sufridos por los trabajadores despedidos sin causa, vulnera lo estipulado por la Carta Social Europea en materia de protección frente al despido.

Suscríbete ahora

Recibe novedades de artículos que se publican en el blog