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27 de enero a 2 de febrero de 2026Cotización de los trabajadores del mar incluidos en los grupos II y III
Determinación de las bases únicas de cotización para 2026 de los trabajadores del régimen especial del mar incluidos en los grupos II y III, según provincias, modalidades de pesca y categorías profesionales.
- MS nº 9724 s.
- MSAL-NOM nº 7050 s.
- MSS nº 7331 s.
Las bases únicas de cotización de los trabajadores incluidos en los grupos II y III para todas las contingencias y situaciones protegidas en el régimen especial de trabajadores del mar quedan establecidas para el año 2026 en las cuantías que se reflejan en los anexos de la orden, sin perjuicio de la aplicación de los correspondientes coeficientes correctores.
Las diferencias de cotización que se hayan podido producir por la aplicación de las nuevas bases de cotización respecto de las cotizaciones, que a partir del 1-1-2026 se hubieran efectuado, pueden ser ingresadas, sin recargo, en el plazo que finaliza el 31-3-2026. OM ISM/31/2026, BOE 27-1-26