3 junio 2025
Estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social
Se publica el RD 412/2025 que determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social.
Se mantienen en los mismos términos hasta ahora existentes la regulación de la cotización en los contratos a tiempo parcial, sin perjuicio de actualizar las cuantías de las bases de cotización.MS nº 9142 s.MSAL-NOM nº 7832 s.MSS nº 7495 s.
A partir del 1-1-2026, la cotización a la Seguridad Social, desempleo, FOGASA y formación profesional de los contratos a tiempo parcial así como la determinación de las correspondientes bases de cotización se realiza de igual forma que venía haciéndose en el ejercicio anterior si bien se actualizan las cuantías de las bases máxima y mínima por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, fijando para estas contingencias el tope máximo en 5.101.20 €/mes y el mínimo en 8,58 € por hora trabajada.
Tampoco se introducen cambios respecto a la forma de calcular la base diaria de cotización en los supuestos de IT, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural, nacimiento y cuidado del menor y ejercicio corresponsable del cuidado del lactante ni respecto a la cotización en la situación de pluriempleo ni en los supuestos de trabajo concentrado en periodos inferiores a los de alta.
La remuneración por horas extraordinarias motivadas por fuerza mayor queda sujeta a cotización adicional.
Desde el 1-1-2026, las bases mínimas por horas aplicables a los contratos de trabajo a tiempo parcial serán las siguientes: La base mínima mensual de cotización es el resultado de multiplicar el número de horas realmente trabajadas por la base mínima horaria.OM PJC/297/2026 art. 38, 39, 40, 41 y 42, BOE 31-3-26
3 junio 2025
Se publica el RD 412/2025 que determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social.
22 noviembre 2022
La vía para impugnar la denegación del reingreso por inexistencia de vacante es el procedimiento ordinario. Si el trabajador demanda por despido improcedente, sin solicitar el reconocimiento del derecho a la ocupación efectiva ni el reingreso en su puesto de trabajo tan pronto como haya una vacante, la modalidad procesal adecuada para resolverla es la de despido. El órgano judicial no puede reconducirlo a un procedimiento ordinario porque éste no se adecuaría a la pretensión ejercitada, que quedaría imprejuzgada.
30 agosto 2022
Las sentencias que resuelven las sanciones impuestas en materia de PRL y los procedimientos sobre recargo de prestaciones derivadas de los mismos hechos están vinculadas siempre no existan razones fundadas para entender otra cosa.
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