Cotización de la prestación especial por desempleo para los | Actualización febrero-marzo 2025

4 marzo 2025

Actualidad. 25 de febrero a 3 de marzo de 2025

Cotización de la prestación especial por desempleo para los trabajadores del sector cultural y artístico
  • Para determinar la cotización que corresponde efectuar por los trabajadores beneficiarios de la prestación especial por desempleo de los trabajadores con relación laboral especial de artistas, se debe aplicar el coeficiente reductor 0,20 a deducir de la cuota íntegra resultante.
  • Para el MEI, el tipo es el 0,80 % sobre la base de cotización por contingencias comunes (0,67 % a cargo del SEPE y 0,13 % a cargo de la persona beneficiaria del subsidio).
MS nº 524
2OM PJC/178/2025 art.25.2 y 3, BOE 26-2-25
Memento

Memento Social 2026

Formato Online

Memento de referencia en el ámbito jurídico con toda la información laboral y de Seguridad Social en un solo volumen. Actualizado, con el análisis de las últimas reformas y la jurisprudencia y doctrina. Incluye el servicio “Extras Mementos” y alertas semanales por e-mail para que no se te escape ninguna novedad.

Precio

192 €

También puede interesarte

1 enero 2026

Desarrollo de la formación sanitaria específica a distancia para los trabajadores del mar

Se establece el marco para la impartición de la formación sanitaria específica, tanto inicial como avanzada, dirigida a las personas trabajadoras del mar en modalidad semipresencial o a distancia.

28 febrero 2023

Actualización de la tabla salarial y modificación del convenio colectivo nacional taurino

Con entrada en vigor a fecha 1-1-2023, se actualiza la tabla salarial incrementando los salarios y honorarios en un 3 % e introduciendo retribuciones específicas para novilladas con rejones en plazas de tercera y cuarta categoría. Asimismo, se clasifica la plaza de toros de Istres (Francia) como de segunda categoría y se modifican las medidas de incentivo salarial existentes para favorecer la celebración de novilladas con y sin picadores en plazas de tercera y cuarta categoría en España.

12 abril 2022

Compatibilización de funciones de consejero delegado y alto cargo: teoría del vínculo

En casos de desempeño simultáneo de actividades propias del consejo de administración y de alta dirección o gerencia de la empresa, lo que determina la calificación de la relación como mercantil o laboral no es el contenido de las funciones sino la naturaleza del vínculo, por lo que si la persona está integrada en la administración social, cuyas facultades se ejercitan directamente o mediante delegación interna, la relación no es laboral, sino mercantil. Esto conlleva que, como regla general, sólo en los casos de relaciones de trabajo en régimen de dependencia o comunes, no calificables de alta dirección, cabe admitir el desempeño simultáneo de cargos de administración de la sociedad y de una relación de carácter laboral.

Suscríbete ahora

Recibe novedades de artículos que se publican en el blog