Convenios colectivos publicados en el BOE del día 6-1-26 al día 12-1-26

6 enero 2026

Actualidad: 6 a 12 de enero de 2026

Convenios colectivos publicados en el BOE del día 6-1-26 al día 12-1-26
  • Convenios colectivos
  • MS nº 9970
  • MSAL-NOM nº 9550

11

Memento Social 2026

Memento de referencia en el ámbito jurídico con toda la información laboral y de Seguridad Social en un solo volumen. Actualizado, con el análisis de las últimas reformas y la jurisprudencia y doctrina. Incluye el servicio “Extras Mementos” y alertas semanales por e-mail para que no se te escape ninguna novedad.

Precio

192 €

También puede interesarte

8 abril 2025

Consecuencias del fraude en la contratación temporal (RS 14/25 01 de Abril de 2025 al 07 de Abril de 2025)

La celebración en fraude de ley de un contrato formativo con una duración de 9 meses para evitar la aplicación del convenio colectivo que reconoce a los trabajadores el derecho de opción en caso de despido improcedente, aunque excluye de su ámbito de aplicación a los trabajadores con menos de 1 año de antigüedad, determina que la relación deba considerarse indefinida y que el cese por expiración de la duración prevista constituya un despido improcedente, así como la aplicación de la norma, en este caso el convenio que se pretendía eludir.

13 septiembre 2022

Reforma de la Ley Concursal (RS 36/22 06 de Septiembre de 2022 al 12 de Septiembre de 2022)

Se aprueba la reforma concursal que transpone la Dir (UE) 1023/2019 de reestructuración e insolvencia, modificando completamente el derecho preconcursal, e introduce medidas dirigidas a agilizar y mejorar la eficiencia del procedimiento concursal, como el nuevo procedimiento especial para microempresas o la modificación del régimen de segunda oportunidad

5 septiembre 2023

Plazo para comunicar el despido objetivo a la representación legal de los trabajadores

Es procedente el despido por causas ETOP comunicado a la representación de los trabajadores 4 días después de la notificación a la trabajadora. La comunicación de la carta de despido puede efectuarse con posterioridad a la notificación al trabajador despedido siempre y cuando se efectúe en un plazo prudencial que permita el ejercicio de los derechos de información y consulta de los representantes de los trabajadores.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email