Actualidad. 20 a 26 de enero de 2026
Consecuencias de la falta de determinación de los objetivos del bonusLa falta de fijación de criterios para su devengo y cuantificación o cualquier otra actuación de la empresa impeditiva del cumplimiento de los requisitos para su cobro determina que sea la empresa la responsable de que no se haya cumplido la condición a la cual se ha vinculado el devengo del bonus y por ello no puede alegarlo frente al trabajador para evitar su percepción.
MS nº
7905MSAL-NOM nº
1509- Se cuestiona cuál debe ser la cuantía a percibir por el trabajador cuando la empresa se limita a fijar un bonus variable máximo del 10% del salario fijo, sin determinar los objetivos a los que condicionar su percibo.
- El Tribunal Supremo reitera su jurisprudencia en esta materia, y señala que:
- 1. Si se acuerda un complemento salarial por objetivos pero su concreción final queda a la exclusiva voluntad del empresario, y, además, el acuerdo que lo establece está ambiguamente redactado hasta el punto de que no es posible determinar las condiciones para su devengo, la empresa debe abonar el complemento en todo caso.
- 2. La carga probatoria sobre el cumplimiento de los objetivos y condiciones establecidas para el devengo y abono de un bonus corresponde a la empresa, que es la que puede y debe acreditar cuales son esos objetivos y si el trabajador los ha conseguido o no, total o parcialmenteTS 26-11-25, EDJ 787577