Noticias RED. Normas de cotización, coeficientes reductores de jubilación para agentes forestales y bonificaciones a entidades deportivas no profesionales

3 febrero 2026

Actualidad. 3 a 9 de febrero de 2026

Noticias RED. Normas de cotización, coeficientes reductores de jubilación para agentes forestales y bonificaciones a entidades deportivas no profesionales

El nuevo BNR 2/2026 recoge, entre otras, novedades sobre la actualización de bases y tipos de cotización, una nueva tarifa de primas por contingencias profesionales, y especificaciones sobre coeficientes reductores de jubilación para ciertos colectivos, además de instrucciones prácticas aplicar la bonificación a entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro en supuestos especiales.

MSS nº 3667, 633

La TGSS ha publicado en BNR 2/2026EDC 2026/503781 con el siguiente contenido:

  • Actualización de bases y otros aspectos de cotización. La TGSS informa de las disposiciones de cotización incluidas en el RDL 3/2026, con vigencia desde el 1-1-2026. Entre otras cuestiones se informa sobre bases máximas de cotización y de los porcentajes de cotización aplicables desde el 1-1-2026 al MEI y de los tramos aplicables a la cotización adicional de solidaridad. También durante 2026, en el RETA se mantiene la tabla general y reducida por tramos del RETA (RDL 3/2026 art.3)
  • Nueva tarifa de primas por AT/EP. Se informa de la incorporación de la LGSS disp.adic 6ª que incluye la nueva tarifa de primas, aplicable desde el 1-1-2026. (RDL 3/2026 disp.final1ª).
  • Jubilación de agentes forestales y medioambientales. Se indica que la inclusión en el RDL 3/2026 de la cotización adicional aplicable determina la entrada en vigor del coeficiente reductor de la edad de jubilación a favor de agentes forestales y medioambientales al servicio de las administraciones públicas, con efectos desde el 25-12-2025. Para su implantación se debe anotar el valor 20 en el campo “COEFICIENTE REDUCTOR DE LA EDAD DE JUBILACIÓN” para agentes forestales y medioambientales, disponible desde el 5-2-2025. Esta anotación solo se permitirá respecto de trabajadores en alta en CCC con valor A “AGENTES FORESTALES Y MEDIOAMBIENTALES” en el campo “COEFICIENTE REDUCCIÓN EDAD JUBILACIÓN” del CCC. La solicitud para anotar ese valor A debe presentarse por CASIA mediante el trámite “Coe.red.edad jub.CCC” en la ruta Inscripción de Empresas/Variación de datos/Coe.red.edad jub.CCC. Junto con la solicitud, debe identificarse y solicitarse la anotación del valor 20 para quienes tengan inicio de efectos entre el 25-12-2025 y el 31-12-2025. No procede aplicar el coeficiente reductor ni la cotización adicional a funcionarios en prácticas, bastando con no anotar el coeficiente en su relación laboral. Por tanto, deben quedar en el mismo CCC con TRL 901: agentes forestales y medioambientales funcionarios de carrera (con valor 20) y con la condición de funcionarios en prácticas (sin valor 20) Se indica que este mismo sistema también se aplicará a funcionarios en prácticas de policía local, dejando sin efectos las instrucciones del BNR 10/2025 que exigían su separación en CCC distinto.
  • Bonificación para entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro: supuestos especiales. Se dictan criterios como continuación a lo establecido en el BNR 4/2025, informando sobre las actuaciones específicas que deben realizarse en la solicitud de bonificación en los siguientes supuestos:
    • Requisitos para ser entidad beneficiaria cumplidos con posterioridad a la contratación del entrenador/monitor (o tras una reincorporación desde baja suspensiva). La bonificación se aplica desde el momento en que la entidad adquiere la condición de beneficiaria. Para el acceso a la bonificación debe constar en el CCC la causa de peculiaridad de cotización 116 “CLUB.ASOC.ENT.DEP.S/ANIMO LUCRO L7/2024” y deben realizarse las siguientes actuaciones:
      • Durante el periodo inicial en que no procede bonificación debe informarse el RLCE 9942 “NO BONIFIC.ENTRENADORES/MONITORES. LEY 7/2024”, y si no pudiera corregirse por RED debe solicitarse por CASIA en el trámite “Afiliación, Altas y Bajas / Var. datos trabajadores cuenta ajena / CLUB.ASOC.ENT.DEP.S/ANIMO LUCRO.L7/24”.
      • Si el inicio de la bonificación se produce con la persona trabajadora en alta, se exige cursar baja con FRB del día anterior al inicio pretendido y un alta con FRA del día de inicio, consignando: RLCE 9941 “ENTRENADORES/MONITORES. BONIFICADOS. LEY 7/2024” y anotando en FICT ESPECÍFICO la fecha real del alta. Se exige, para estos casos, que la persona trabajadora no estuviera incursa en exclusiones (RDL 1/2023 art.11) en la fecha del alta inicial asociada a RLCE 9942 y que la entidad cumpla todos los requisitos en la fecha de acceso a la bonificación asociada a RLCE 9941.
      • Para contrataciones anteriores al 22-12-2024 el inicio de la bonificación se fija desde esa fecha o desde la reincorporación si ese día había baja suspensiva.
    • Subrogación de entrenadores/monitores dedicados a menores de 18 años. Para el acceso a la bonificación de cuotas, en la solicitud de alta derivada de la subrogación del contrato debe solicitar la bonificación consignando RLCE 9941. Si el sistema verifica que la empresa antecesora cumplía requisitos y exclusiones, se admite el alta con RLCE 9941 siempre que la empresa sucesora mantenga la condición de entidad sin ánimo de lucro identificada por CPC 116. Si el sistema rechaza el alta con RLCE 9941 por verificación negativa de la empresa antecesora, la bonificación debe solicitarse por CASIA, resolviéndose favorablemente cuando se compruebe que la empresa sucesora cumple requisitos del RDL 1/2023 art.81 y la condición de carecer de ánimo de lucro (CPC 116) y que la empresa antecesora cumple las exclusiones.

BNR 2/2026EDC 2026/503781

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