10 marzo 2026
Preaviso por dimisión pactado en anexos individuales al contrato de trabajo
En defecto de una previsión específica en el convenio colectivo sobre el plazo de preaviso para la dimisión, resulta válido que empresa y trabajador acuerden individualmente un preaviso de tres meses, en particular cuando se trate de empleados con alta cualificación y responsabilidades sensibles, siempre que el acuerdo no tenga carácter abusivo ni suponga condiciones menos favorables que las establecidas legal o convencionalmente.