2 junio 2026
Abono de los salarios de tramitación acordados en conciliación judicial
El TS reitera que los salarios de tramitación deben abonarse en su importe neto, una vez efectuados los descuentos por retenciones de IRPF y por cuotas de Seguridad Social, cualquiera que sea el momento en que se produzca su liquidación.