Adaptación de los servicios de asistencia personal y ayuda a domicilio a la ley ELA

1 enero 2026

Actualidad

30 de diciembre de 2025 a 5 de enero de 2026

Adaptación de los servicios de asistencia personal y ayuda a domicilio a la ley ELA

Se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) a través del cual se adaptan los servicios de asistencia personal y de ayuda a domicilio para responder a las necesidades de las personas con ELA o con otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible. MS nº 5786, 5787 MPD nº 6530, 6635

Mediante el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) se implementa la adaptación de los servicios de asistencia personal y de ayuda a domicilio para responder a las necesidades de las personas con ELA o con otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible. El contenido del acuerdo es el siguiente:

  • 1. En el caso de ELA se considera fase avanzada cuando:
    • - la persona tiene un dictamen de grado III, según baremo;
    • - se acredita que se cumplen, además, dos de estos tres criterios: soporte ventilatorio > 8h/día; necesidad diaria de aspiración de secreciones o inmovilidad del tren superior.

Puede reconocerse grado III+ de manera simultánea al grado III en un único acto administrativo.

  • 2. Para acreditar la situación anterior es necesario aportar un certificado médico especializado, presentado en la valoración inicial o revisión, y resolverse en un plazo máximo de tres meses. A tal efecto, se acuerda solicitar al Ministerio de Sanidad la elaboración de un certificado normalizado.
  • 3. De acuerdo con las necesidades y voluntades expresadas por la persona afectada puede concederse una prestación de menor cuantía, siempre que ésta sea, al menos de 3.200 euros al mes.
  • 4. La cantidad final a percibir por la persona afectada debe definirse por los servicios de atención domiciliaria o de asistencia personal que adquieran, de acuerdo a su voluntad y necesidades. En todo caso, debe tenerse en cuenta su nivel de renta y patrimonio.
  • 5. Pueden prestar los servicios de atención domiciliaria los profesionales que cuenten con cualquiera de las certificaciones o titulaciones profesionales recogidas en el SEDS Resol 28-7-22EDL 2022/27722 y, en caso de asistencia personal, las condiciones recogidas la SEDS Resol 24-5-23EDL2023/10484

6. Por último, se acuerda la constitución de un grupo de trabajo para seguir analizando el despliegue y la aplicación del grado III+ de dependencia.SEDS Resol 18-12-25EDL 2025/23975, BOE 2-1-26

También puede interesarte

25 junio 2024

Creación de la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública

El RD 568/2024 crea la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública con el fin de ampliar la vigilancia a todos los aspectos de interés para la salud pública. Asimismo, se regula entre otros aspectos, el procedimiento y las funciones para designar los Laboratorios Nacionales de Referencia y se crea el Sistema de Alerta Precoz y Respuesta Rápida, formando parte de la Red.

28 mayo 2024

Modificación de la tabla salarial para 2024 del convenio colectivo nacional taurino

Se modifica la tabla salarial del año 2024 para incluir la tabla relativa a la Actuación de dos matadores de toros en corridas de toros - 3 reses cada uno-, que por error se omitió en la publicación inicial de la misma el 27-1-2024, y su repercusión en los honorarios de los banderilleros, que son el colectivo afectado por la misma, dado que en las tablas solo se recoge el salario conjunto de la cuadrilla. Para evitar su fragmentación en distintos textos, la resolución que se publica contiene las tablas salariales de 2024 completas.

19 septiembre 2023

Cálculo de la prestación del FOGASA en caso de empresa deudora en concurso

Si se trata de un crédito concursal, se utiliza el SMI vigente a la fecha de la inclusión del crédito del trabajador en la lista de acreedores mediante la certificación del administrador concursal. Si se trata de un crédito contra la masa, se utiliza el SMI vigente a la fecha en que el crédito es reconocido por el administrador concursal o por el juez del concurso.

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email