27 enero 2026
Convenios colectivos publicados en el BOE del día 27-1-26 al día 2-2-26
Convenios colectivos
El Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia aprueba el acuerdo por el que se establece un marco común por el que se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia personal a las personas en situación de dependencia.
El objeto del acuerdo es definir y establecer las condiciones específicas de acceso a la asistencia personal en el marco del sistema de autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia (L 39/2006)
Definición y objetivo de la asistencia personalLa asistencia personal se define como el servicio prestado por un asistente personal que realiza o colabora en tareas de la vida cotidiana de una persona en situación de dependencia, de cara a fomentar su vida independiente, promoviendo y potenciando su autonomía personal.
En relación a la cualificación que debe reunir el asistente personal, se acuerda solicitar al INCUAL (Instituto Nacional de las Cualificaciones), en el plazo de un mes desde la adopción del presente acuerdo, la regulación de un certificado de profesionalidad específico para la asistencia personal.
No obstante, hasta ese momento y sin perjuicio de su adaptación a la nueva cualificación, se consideran válidas titulaciones o certificaciones profesionales vigentes (entre otras, técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o los títulos equivalentes de Técnico Auxiliar Clínica, Técnico Auxiliar Psiquiatría y Técnico Auxiliar de Enfermería, etc). La resolución incluye, a título orientativo, los contenidos mínimos de formación básica en asistencia personal.
4. Seguimiento de la actividad: Se prevé el seguimiento de la actividad por la Administración competente en materia de servicios sociales a fin de garantizar la calidad y continuidad de la asistencia personal, identificando las variaciones y cambios que con el paso del tiempo se producen en las situaciones de dependencia. La persona en situación de dependencia se compromete a facilitar el seguimiento y control de la prestación, incluido el acceso al domicilio, por la Administración competente.
5. Intensidad del apoyo: La intensidad del apoyo requerido se debe expresar en horas mensuales dentro del plan de apoyos al proyecto de vida independiente y la cuantía mensual de la prestación económica de asistencia personal se determina en función del grado de dependencia y la capacidad económica de la persona en situación de dependencia, conforme al Plan Individual de Atención (PIA).
6. Plazo de adecuación: En el plazo de un año las Administraciones competentes deben adecuar y desarrollar la normativa precisa para dar cumplimiento a dicho acuerdo, especialmente en lo referido a la acreditación de empresas, entidades y profesionales que presten servicios de asistencia personal.
SE Derechos Sociales Resol 24-5-23EDL 2023/10484, BOE 30-5-23
Formato Online
Ofrece a las Personas con Discapacidad, a sus abogados, asesores y empresas, el análisis más completo de toda la normativa relativa a esta materia, abordándolo desde una múltiple perspectiva: fiscalidad, ámbito laboral y de la Seguridad Social y accesibilidad.
Precio
100 €
27 enero 2026
Convenios colectivos
4 noviembre 2025
Convenios colectivos
4 octubre 2022
Se crea el Comisionado especial para la Economía Social, con rango de Subsecretaria y dependiente de la Secretaria de Estado de Empleo y Economía Social cuyo objetivo es impulsar y coordinar todos los proyectos relativos al Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE).