1 marzo 2026
Cataluña. Derecho a la información
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Responsabilidad patrimonial de la Administración por falta de mantenimiento del muelle
Para el Tribunal es importante la valoración pericial exhaustiva para determinar la causa del daño en infraestructuras públicas. Resulta necesario que la Administración acredite el correcto mantenimiento para eximir su responsabilidad, así como la irrelevancia de la conducta del perjudicado cuando esta se ajusta a las indicaciones recibidas y no existe señalización prohibitiva.
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El Tribunal se pronuncia sobre la responsabilidad de la Autoridad Portuaria de Santander por la falta de mantenimiento del muelle que causó el hundimiento y los daños al semirremolque de una mercantil y, en consecuencia, si procede la indemnización por los daños sufridos.
Una mercantil sufrió daños en un semirremolque y su carga tras el hundimiento de un muelle en el puerto de Santander, causado por deficiencias en el mantenimiento de la infraestructura portuaria, propiedad de la Autoridad Portuaria de Santander, mientras el vehículo estaba estacionado en la zona indicada por las empresas estibadoras.
El Tribunal considera responsable a la Autoridad Portuaria de Santander por el hundimiento del muelle debido a su falta de mantenimiento, debiendo indemnizar íntegramente a la mercantil por los daños ocasionados. La responsabilidad patrimonial de la Administración requiere un hecho imputable, daño antijurídico, relación causal directa y ausencia de fuerza mayor (Const art.106.2 y la legislación aplicable). En este caso, la prueba pericial y documental acreditó el mal estado del muelle y la ausencia de prohibición de estacionamiento, estableciendo la imputación jurídica del daño a la Autoridad Portuaria por funcionamiento anormal del servicio.
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