1 marzo 2026
Andalucía. Ruido
Régimen aplicable a la ordenación urbanística y territorial en relación con la contaminación acústica.
16. Se discute si el RD 1312/2024, al regular el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y la creación de la Ventanilla Única Digital, está amparado en los títulos competenciales del Estado conforme a la Constitución, y respeta el Rgto (UE) 2024/1028 en cuanto a la prohibición de duplicidad de registros respecto a las competencias autonómicas.
La Generalitat Valenciana interpone recurso contencioso-administrativo contra el RD 1312/2024 que regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y crea la Ventanilla Única Digital para los datos del alquiler de alojamientos de corta duración, alegando falta de competencia estatal y vulneración del Rgto (UE) 2024/1028 y la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, debido a la duplicidad de registros con competencias autonómicas.
El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso, anulando las disposiciones referidas al procedimiento de registro único de arrendamientos por falta de competencia estatal para su regulación detallada, pero mantiene la regulación relativa a la Ventanilla Única Digital y las obligaciones de transmisión de datos, que sí están amparadas en la competencia de coordinación del Estado.
El Tribunal concluye que el Estado carece de competencia exclusiva para establecer un registro único nacional vinculado al Registro de la Propiedad y de Bienes Muebles para todos los arrendamientos de corta duración, dado que ello invade competencias autonómicas reconocidas en materia de vivienda y turismo, conforme a la doctrina constitucional; sin embargo, la competencia del Estado para garantizar la coordinación mediante la Ventanilla Única Digital y la interoperabilidad de datos para cumplir con el Rgto (UE) 2024/1028 es válida porque constituye una medida de coordinación que no limita indebidamente las competencias autonómicas.TS 19-5-26, EDJ 587467
1 marzo 2026
Régimen aplicable a la ordenación urbanística y territorial en relación con la contaminación acústica.
1 mayo 2026
Se modifican de forma urgente diversas disposiciones reglamentarias en materia de vivienda
1 octubre 2025
El Tribunal Supremo fija doctrina estableciendo que, una vez firme una resolución administrativa restrictiva de derechos, no es posible cuestionar su legalidad ni alegar prescripción o caducidad con motivo de la impugnación de resoluciones de ejecución forzosa derivadas de aquella; en consecuencia, solo pueden impugnarse los aspectos propios de la ejecución.
Recibe los posts más recientes en tu email