Murcia. Patrimonio público de suelo. Bienes integrantes

1 julio 2026

Actualidad Urbanismo. Julio 2026 Murcia. Patrimonio público de suelo. Bienes integrantes


Implementación de uso residencial en los sistemas de equipamientos públicos y privados.
MU nº 8762
57
En los suelos vacantes en los sistemas de equipamientos excluidos usos educativos y sanitarios puede implementarse el uso residencial con destino a vivienda acogida a algún régimen de protección siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Para llevar a efecto la compatibilidad del uso residencial con el de equipamientos debe emitirse informe favorable sectorial en relación con el cumplimiento de la ratio exigida por la correspondiente normativa sectorial.
- La edificabilidad del uso a implantar sea inferior al 5% de la edificabilidad residencial establecida por el planeamiento para el ámbito urbano homogéneo, la unidad de actuación o el sector.
- Al computarse la edificabilidad resultante como residencial a estos únicos efectos, se mantenga el cumplimiento de las dotaciones públicas exigibles. LOTUMU art.228 bis redacc DL Murcia 3/2026, BORM 7-7-26

Memento Urbanismo 2026

Te ofrece soluciones concretas sobre todas las materias relacionadas con el urbanismo y la ordenación del territorio. Analiza toda la normativa aplicable en esta materia, estatal y de cada Comunidad Autónoma, estructurada, clarificada y totalmente actualizada.

Precio

136 €

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email

Inscríbete en nuestra alerta

Recibe los posts más recientes en tu email