Cataluña. Derecho a la información Obligaciones que garanticen la publicidad, transparencia, eficacia y eficiencia en materia urbanística. MU nº 404 32 En reconocimiento de la obligación de la Generalitat de Cataluña de adoptar las medidas necesarias para velar por los principios de publicidad, transparencia, eficacia y eficiencia en materia urbanística debe desarrollarse un código que estandarice y clasifique las definiciones de los usos y parámetros de ordenación, así como de las calificaciones urbanísticas y la determinación del procedimiento y plazo para que los ayuntamientos adapten el planeamiento vigente. Ha de crearse una Plataforma urbanística de Cataluña que integre los instrumentos de planeamiento, gestión y la información urbanística necesaria que permitan reflejar el estado de desarrollo y transformación del suelo, indicando a su vez los acuerdos de suspensión de licencia y las tramitaciones, las actas de recepción de las obras de urbanización y la documentación relativa a la división poligonal. TRUCAT art.8 bis redacc DL Cataluña 3/2026, DOGC 25-3-26
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