Canarias. Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida.
1 marzo 2026
Actualidad Urbanismo. Marzo 2026 Canarias. Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida. Creación de órgano administrativo novedoso. MU nº 2322
Se crea el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias con la finalidad de facilitar datos precisos e información actualizada para la adjudicación y venta de viviendas protegidas.
La inscripción es obligatoria para todas las personas físicas o unidades familiares o de convivencia que opten a la adjudicación de una vivienda protegida de promoción pública, o a la adquisición o arrendamiento de vivienda protegida de promoción privada; así como para la adjudicación de alojamientos protegidos con espacios comunes complementarios.
La adjudicación requiere formalización del contrato, aportando póliza de seguros o, en caso de vivienda de promoción pública de régimen general, el previo depósito de la fianza correspondiente. Quedan excluidos los adjudicatarios de viviendas de promoción pública de régimen especial.
Se pueden realizar actuaciones singulares destinadas específicamente a la erradicación de la infravivienda, reposición de grupos de viviendas o para solucionar necesidades derivadas de operaciones de relocalización, rehabilitación o cualquier otra similar, si se consideran de interés social y afectan a colectivos de población concretos; en cuyo caso no es precisa la previa inscripción en este Registro. D Canarias 23/2026, BOCANA 18-3-26
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