19 mayo 2026
Autoliquidación de seguros de vida en el ISD
Se aprueba el modelo 652 de autoliquidación de seguros de vida (sucesiones en el ISD), destacando la incorporación de la “predeclaración” como nueva forma de presentación del mismo.
Para el cumplimiento de los requisitos de la regla especial de valoración de servicios profesionales deben tenerse en cuenta todos los ingresos obtenidos por la sociedad profesional.
Una sociedad profesional que realiza distintas actividades va a vender una unidad de negocio consistente en una actividad profesional, la cual va a generar un beneficio. Desea conocer cómo incide en la aplicación de la regla especial de valoración prevista para servicios profesionales en la regulación de las operaciones vinculadas.
En este sentido, la normativa del IS contiene una regla especial de valoración para las operaciones realizadas entre socios profesionales personas físicas y sociedades profesionales, según la cual, se puede considerar que el valor convenido coincide con el valor de mercado, siempre que se cumplan unos requisitos (LIS art.18.6).
Así, si los ingresos obtenidos en la venta de la unidad de negocio representas más del 25% de los ingresos de la entidad, no se cumpliría y, por tanto, no podría aplicarse la regla especial de valoración.
No obstante, al tratarse de operaciones vinculadas, su valoración debe realizarse, en cualquier caso, según el valor normal. DGT CV 8-8-22V1873-22
NOTA
La DGT también reitera que la expresión «resultado del ejercicio» previo a la deducción de las retribuciones correspondientes a la totalidad de los socios-profesionales por la prestación de sus servicios se refiere al resultado contable.
19 mayo 2026
Se aprueba el modelo 652 de autoliquidación de seguros de vida (sucesiones en el ISD), destacando la incorporación de la “predeclaración” como nueva forma de presentación del mismo.
3 febrero 2026
Nuevamente se modifican los límites excluyentes para el año 2025 y 2026 y se establece un plazo extraordinario de renuncia y revocación al régimen simplificado y REAGP.
8 julio 2025
Se regula la presentación telemática de los modelos 60-A, 60-T, 60-S, 670, 671 y 672 para todos los operadores de la gestión tributaria.
Recibe los posts más recientes en tu email