24 febrero 2026
Derogación de las medidas aprobadas por el RDL 2/2026
Desde el 28-2-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 2/2026, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
Actualidad. 23 a 29 de septiembre de 2025
Activos financieros con rendimiento mixto
Se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el cuarto trimestre natural de 2025 a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.
MF nº 1224 MIRPF nº 3176
1. Los activos financieros con rendimiento mixto siguen el régimen de los activos financieros con rendimiento implícito cuando el efectivo anual explícito que produzcan sea inferior al tipo de referencia, cuyos valores para el cuarto trimestre natural del año 2025 han sido determinados por la Resolución reseñada en los importes siguientes:
En el resto de los casos, se aplica el tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe. No obstante, en el caso de Deuda Pública con rendimiento mixto, cuyos cupones e importe de amortización se calculan con referencia a un índice de precios, los tipos de referencia que resultan son los siguientes: En el resto de los casos, se aplica el tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional Resol 23-9-25EDL 2025/17643, BOE 29-9-25
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24 febrero 2026
Desde el 28-2-2026, tras la derogación por la no convalidación del RDL 2/2026, dejan de estar vigentes las modificaciones aprobadas en su momento respecto al IS.
24 septiembre 2024
A efectos del cálculo de los ingresos de la unidad económica de convivencia, se deben tener en cuenta los importes brutos. Por ello, debe computarse tanto el importe de la prestación de desempleo para mayores de 52 años como el importe de la cotización que lleva a cabo el SEPE a efectos de la pensión de jubilación.
10 junio 2025
La reducción del 60% por alquiler de vivienda hasta el 11-7-2021 se aplica, en caso de comprobación por parte de la Administración, al rendimiento neto total regularizado, y no solo al importe de la autoliquidación presentada inicialmente por el contribuyente.
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