7 abril 2026
Incremento temporal en la devolución del ICDP
Se modifican los tipos de devolución de la gasolina y gasóleo profesional.
Una persona física, que es apoderado general de su padre y autorizado en su cuenta bancaria, sin restricción alguna, ha sacado de la cuenta de su padre una parte importante de su dinero y lo ha invertido en una cuenta bancaria de su titularidad mejor remunerada. La titularidad de la cuenta es únicamente del hijo, pero una parte del dinero invertido es suya y otra parte de su padre. Los rendimientos obtenidos los ha transferido totalmente a la cuenta de su padre, porque no tiene intención de apropiarse de los rendimientos ni del capital invertido, ni su padre de donárselo, sino que la única intención es gestionar, aumentar su patrimonio y centralizar la gestión de los gastos de ambos.
El devengo del ISD por el concepto de donación requiere la existencia de una adquisición de bienes por donación o por algún otro negocio jurídico a título gratuito e inter vivos.
La doctrina civilista señala los siguientes elementos esenciales de la donación:
Obra esencial que reúne en un único volumen el análisis completo de la información fiscal, con ejemplos prácticos respaldados por más de 24.700 citas de legislación, jurisprudencia y doctrina. Incluye el servicio “Extras Mementos”, que permite comprobar en cualquier momento si un número marginal ha sido modificado, y alertas semanales por e-mail con las novedades.
Precio
192 €
7 abril 2026
Se modifican los tipos de devolución de la gasolina y gasóleo profesional.
21 noviembre 2023
Se desarrollan las obligaciones de información sobre monedas virtuales situadas en el extranjero y sobre los saldos y operaciones con este tipo de monedas. Además, se aprueban los modelos para cumplir con las obligaciones señaladas.
11 noviembre 2025
El TEAC cambia su criterio y reconoce el derecho de entidades no residentes a recuperar las retenciones soportadas en España que no hayan podido ser deducidas en el IS de su país de residencia por insuficiencia de cuota debido a la existencia de pérdidas en el resultado de la entidad.
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