Actualidad. 25 de noviembre a 1 diciembre de 2025
Reglas para la aplicación de la tributación adicional sobre beneficios extraordinarios en el IS de Gipuzkoa
Para la aplicación de la tributación adicional sobre beneficios extraordinarios, no ha de tenerse en cuenta la tributación mínima ni el límite conjunto a la suma de deducciones.MFF nº 2180
- Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2026 y hasta el 31-12-2030, se aclara que para la aplicación de la tributación adicional sobre beneficios extraordinarios:
- a) No ha de tenerse en cuenta la tributación mínima, ni el límite conjunto a la suma de deducciones.
- b) Tiene la consideración de contribuyente el grupo fiscal. NF Gipuzkoa 2/2014 disp.adic.29ª redacc NF Gipuzkoa 4/2025 disp.final 1ª, BOTHG 28-11-25