Gastos no deducibles en el IS

1 enero 2026

Actualidad.
30 diciembre de 2025 a 5 de enero de 2026
Gastos no deducibles en el IS
No tienen la consideración de gasto fiscalmente deducible los derivados de la contabilización del Impuesto complementario.
MFF nº 7440

44Con efectos para los períodos impositivos iniciados desde el 31-12-2023, no tienen la consideración de gasto fiscalmente deducible los derivados de la contabilización del Impuesto complementario. No tienen la consideración de ingresos los procedentes de esa contabilización.LF Navarra 26/2016 art.23.1.b redacc LF Navarra 18/2025 disp.final.2ª, BON 31-12-25

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