Actualidad. 24 a 30 de mayo de 2022
Régimen de la donación de bienes en el IVA
Se adapta la normativa foral a la modificación realizada en la LIVA, por la que se cambia el tratamiento fiscal que reciben en este impuesto las donaciones de productos a las entidades sin fines lucrativos, siempre que estas entidades destinen estos productos a sus fines de interés general.
- Con efectos a partir del 10-4-2022:
- Se modifica la regla tercera de determinación de la base imponible en el autoconsumo de bienes: se incorpora una presunción de deterioro total de los bienes donados, por lo que, en consecuencia, la base imponible será igual a cero en estas operaciones de donación;
- Se establece un tipo del 0% aplicable a las entregas de bienes realizadas en concepto de donativos.LF Navarra 19/1992 art.27.3.3ª y 37 redacc DFLeg Navarra 3/2022EDL 2022/17434, BON 26-5-22