7 abril 2026
Novedades en el IVA
Se adapta la normativa foral del impuesto a las modificaciones realizadas en el territorio común, destacando la reducción del tipo impositivo aplicable al suministro de determinados productos energéticos.
Para aplicar la reducción por arrendamiento de vivienda, deben ser identificadas las personas físicas concretas que ocupan los inmuebles y la relación de estas con la persona jurídica titular de los contratos de arrendamiento, puesto que en otro caso no resulta posible considerar probado que el destino del arrendamiento del citado inmueble sea el de vivienda.
MF nº 918 s.
MIRPF nº 2668 s.
1El contribuyente arrendó varios inmuebles destinados a vivienda a una persona jurídica, aplicando la reducción por arrendamiento de vivienda (LIRPF art.23.2). Alegó que los contratos de arrendamiento con la sociedad estaban destinados a vivienda, sometidos a la LAU, y que no era necesario identificar a las personas físicas concretas que ocupan el inmueble para aplicar la reducción. Sin embargo, el Tribunal ha considerado que, cuando un inmueble se arrienda a una persona jurídica, la reducción solo resulta aplicable cuando el inmueble se destine efectivamente a vivienda permanente de determinadas personas físicas, lo que implica la identificación de dichas personas. Al no acreditar el contribuyente qué personas físicas ocuparon los inmuebles ni su relación con la sociedad arrendataria, el Tribunal entiende que se ha incumplido el requisito probatorio (LGT art.105) y deniega la reducción. TSJ Madrid 4-7-25, EDJ 662210
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7 abril 2026
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18 marzo 2025
Se ha aprobado el modelo de declaración del IP correspondiente al ejercicio 2024, estableciendo la forma, plazos y procedimiento para su presentación.
4 abril 2023
El Pleno del Tribunal Constitucional declara la constitucionalidad de la modificación mediante Real Decreto Ley (RDL 26/2021) de la LHL para adaptarla a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional relativa al IIVTNU.
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